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El Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE) reemplaza al SICORE

A través de la Resolución General N° 3.726 que se publicó en el Boletín Oficial el 26 de enero de 2015, AFIP comunicó a los monotributistas la implementación del Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE) que reemplazará al programa aplicativo «SIJP – Retenciones y Percepciones«. La sustitución se irá haciendo de manera progresiva al programa aplicativo denominado «SICORE Sistema de Control de Retenciones«. Sujetos: agentes de retención y/o percepción que actúen como tales en los respectivos regímenes de la seguridad social y del Impuesto a las Ganancias-Beneficios del Exterior. Objeto: Los ingresos sustitutivos de las retenciones, en carácter de regímenes excepcionales o especiales de ingreso, que están a cargo de los receptores de los importes de las rentas u operaciones […]

A través de la Resolución General N° 3.726 que se publicó en el Boletín Oficial el 26 de enero de 2015, AFIP comunicó a los monotributistas la implementación del Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE) que reemplazará al programa aplicativo «SIJP – Retenciones y Percepciones«. La sustitución se irá haciendo de manera progresiva al programa aplicativo denominado «SICORE Sistema de Control de Retenciones«.

Sujetos: agentes de retención y/o percepción que actúen como tales en los respectivos regímenes de la seguridad social y del Impuesto a las Ganancias-Beneficios del Exterior.

Objeto:

  • Los ingresos sustitutivos de las retenciones, en carácter de regímenes excepcionales o especiales de ingreso, que están a cargo de los receptores de los importes de las rentas u operaciones como beneficiarios de los pagos u otro carácter.
  • Ingresos a cargo de los receptores de los importes de las rentas u operaciones, por imposibilidad u omisión de la actuación que corresponda al respectivo agente de retención.

Para determinar e ingresar las retenciones y percepciones los sujetos deberán efectuar el envío de la declaración jurada informando nominativamente las retenciones y percepciones efectuadas en el curso de cada mes calendario. La declaración jurada F. 996 (Seguridad Social) y F. 997 (Impositiva) deberá generarse ingresando al servicio con clave fiscal «Mis Aplicaciones web».

Para ingresar el importe de las retenciones y percepciones practicadas, se utilizarán los códigos indicados a continuación.

SEGURIDAD IMPUESTO CONCEPTO SUBCONCEPTO
Saldo de la declaración jurada 353 736 736
Pago a cuenta 353 27 27
BENEFICIARIOS DEL EXTERIOR IMPUESTO CONCEPTO SUBCONCEPTO
Saldo de la declaración jurada 218 19 19
Pago a cuenta 218 27 27

Recordemos que corresponderá a los sujetos emitir el certificado de retención y/o percepción y entregárselo a quienes sufrieron las mismas. La generación de los certificados se realizará a través de la página de la AFIP, ingresando al servicio con clave fiscal «Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE)».

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