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Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio

El gremio de  los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado: Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio. Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos […]

El gremio de  los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado:

  1. Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio.
  2. Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos pesos y se hará efectivo en 3 cuotas de $100 cien pesos cada una, pagaderas respectivamente en oportunidad del pago de las remuneraciones correspondientes a los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2008. Se aclara que la misma se liquidará por rubro separado y bajo la denominación “Asignación Acuerdo Enero 2008”.
  3. Dada su condición de no remunerativa esta asignación no será tenida en cuenta a ningún efecto legal y/o convencional, con la única excepción que sobre estas sumas se devengaran los aportes y contribuciones de la obra social de empleados de comercio y el aporte del trabajador establecido por el Art.100 (texto ordenado de fecha 24/06/94 del CCT 130/75.) sobre su monto nominal.
  4. El importe de la asignación otorgada se entiende referido a los trabajadores que prestan servicios en jornada completa. Para el caso de los trabajadores de jornada parcial, esta asignación se abonará en forma proporcional a la jornada pactada.
  5. El monto de la asignación aquí pactada no se incorporará a las escalas salariales vigentes, por lo que no será tomado en cuenta para el incremento de las escalas salariales convencionales que pudieran convenirse en la actividad.

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628 comentarios en “Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio”

  1. Marcelo Sebastian

    PAOLA: El aumento esta en paritarias, pero el pasado lunes 25 era el turno de Cavalieri, no se q habran charlado, pero aun no hay nada concreto.Ni bien tenga un N°de expediente lo notificaré.

    LELA: Te referís al sistema «SU DECLARACION»?si es asi, t cuento que presenté aprox. 5 clientes, pero en ningún momento generé y volví a revisar, sino generé (sinonimo de «CALCULAR») y compare con lo que en paralelo me daba en el programa 931 del SIJP, si el importe a pagar era el mismo, listo, lo presentaba.
    Como comentario digo que: En el mes de febrero tienen obligacion de presentar en el nuevo sistema de seguridad social «SU DECLARACION» aquellos contribuyentes que poseen 1 empleado en nomina, no asi los que tienen de 2 a 5 empleados, estos tendran obligacion de presentarlos en la declaracion de Marzo 2008. Lo dice clarito la pagina de afip.

    ELVIRA: El pago de la asig.de $300 es proporcional a los dias u horas trabajadas, o sea, si faltaste injustificadamente (los dias x enfermedad no son injustificados, ni tampoco los dias de vacaciones)deberan descontartelos.
    SALU2.

  2. HOLA GRACIELA O MARCELO:
    Tengo un problema con el f.931 cargo todo imprimo pero no mando para controlarlo mejor como es la 1°vez, quiero verlo mejor, pero cuando entro nuevamente me ha cambiado el importe de remuneracion correspondiente de enero 2008.
    que hago mal? o es problema del programa?
    desde ya muchas gracias.

  3. Hola:
    Mil gracias por responder nuestras preguntas.
    Necesito saber, por lo que leí en comentarios pasados, el pago único de los 300 pesos a los Empleados de Comercio es proporcinal a las horas de jornada, pero pregunto, tienen incidencia las ausencias? Es decir, tengo que calcular también proporcional por días trabajados?
    Gracias gente…!

  4. HOLA QUERIA CONSULTARTE MARCELO SEBASTIAN SOBRE EL AUMENTO A EMPLEADOS DE COMERCIO, PERO NO SOBRE ESTE ULTIMO EL DE $300.- SINO EL QUE VOS COMENTASTE LA VEZ PASADA QUE SE IBA A FIRMAR EL 25 DE FEBRERO, QUE PASO? SE FIRMO?
    SALUDOS

  5. Marcelo Sebastian

    JUANJO NO HAY + Q HABLAR, SE PAGÁ. HAY RESOLUCION (209/2008). EN MORENO 625 5° PISO T DAN UNA COPIA DE LA RESOLUCION. Salu2

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