Mano sosteniendo billetes de pesos

Acuerdo Salarial 2010 para Trabajadores Hoteleros Gastronómicos

El Sindicato de la Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina, U.T.H.G.R.A. arribó a un acuerdo salarial para el año 2010 del 35% el cual será abonado como Suma No Remunerativa no incorporable a los básicos de convenio, el cual se deberá pagar con la denominación “Acuerdo Salarial 2010” ingresado a los salarios de forma escalonada, desde el mes de julio de 2010 y hasta le mes de junio de 2011 inclusive. El sindicato  U.T.H.G.R.A. finalmente acordó un aumento salarial para el año 2010 del 35% escalonado, desde julio de 2010 y hasta junio de 2011 inclusive. Será pagado como Suma No Remunerativa, no incorporable a los básicos del Convenio Colectivo de Trabajo, con la […]

El Sindicato de la Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina, U.T.H.G.R.A. arribó a un acuerdo salarial para el año 2010 del 35% el cual será abonado como Suma No Remunerativa no incorporable a los básicos de convenio, el cual se deberá pagar con la denominación “Acuerdo Salarial 2010” ingresado a los salarios de forma escalonada, desde el mes de julio de 2010 y hasta le mes de junio de 2011 inclusive.

El sindicato  U.T.H.G.R.A. finalmente acordó un aumento salarial para el año 2010 del 35% escalonado, desde julio de 2010 y hasta junio de 2011 inclusive. Será pagado como Suma No Remunerativa, no incorporable a los básicos del Convenio Colectivo de Trabajo, con la denominación de “Acuerdo Salarial 2010” escalonado. Se deberá aplicar de la siguiente manera:

  • Mes de julio de 2010 un 20% conforme a los básicos del mes de junio de 2010
  • Mes de agosto de 2010 un 24% conforme a los básicos del mes de junio de 2010.
  • Mes de noviembre de 2010 un 28% conforme a los básicos del mes de junio de 2010.
  • Mes de enero de 2011 un 30% conforme a los básicos del mes de junio de 2010.
  • Mes de Marzo de 2011 un 35%  conforme a los básicos del mes de junio de 2010.

Recién a partir de los haberes del mes de julio de 2011  el “Acuerdo Salarial 2010” deberá incorporarse a los básicos del Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 397/04, conforme a cada categoría profesional de la siguiente manera:

  • Cinco cuotas iguales i consecutivas en los meses de Julio, Agosto, Septiembre, Octubre y noviembre del año 2011 (20% del monto por mes)

Se recuerda que se mantiene vigente el adicional plus para las zonas de la Capital Federal y algunos distritos de la provincia de Buenos Aires del plus 6%. El “Acuerdo Salarial 2010” deberá incrementarse en la misma proporción y pagar con la denominación “Adicional Suma Fija No Remunerativa Acuerdo Salarial 2010” .

El aumento acordado si bien es pagado como No Remunerativo, con el propósito de mejorar las prestaciones médicas y asistenciales de la  OSUTHGRA, llevará los correspondientes aportes y contribuciones de todos los trabajadores a la obra social, seguro de vida y sepelio, fondo de convenio, cuota sindical y cuota solidaria.

22 comentarios en “Acuerdo Salarial 2010 para Trabajadores Hoteleros Gastronómicos”

  1. Hola! Necesito saber si los empleados que trabajan media jornada o por hora, deben realizar el aporte por jornada completa.
    Muchas gracias.

  2. Hola, estoy por salir de licencia de maternidad y consulte a anses, porque tengo dentro del recibo una columna re remuneraciones exentas, correspondiente al acuerdo 2010 gastronomico, y anses ya me dijo que ellos solo abonan lo remunerativo. Mi consulta es si mi empleador esta obligado a hacerse cargo del pago de ese acuerdo durante el periodo de licencia de maternidad?

    Gracias por su ayuda.

    Maria Ines

    1. María

      Consulta en el sindicato si corresponde el pago, pero ANSES es el encargado de pagarte tu sueldo. Si queres luego comenta la repuesta asi sirve para otros comentarios. Suerte

  3. Aumento no remunerativo-Licencia por maternidad

    me sucedió lo mismo que a la persona que comentó el 6 de septiembre. En el ANSES me dicen que si me tienen que abonar el aumento no remunerativo, pero no me dan nada escrito y mi empleador dice que no lo deben abonar ¿que se hace en ese caso?
    Aguardo respuesta.

  4. hola quisiera saber cuanto tendria que cobrar en un hotel b…( mucama), el mismo inaguro a comienzo del 2010.Agradecere su respuesta gracias.

  5. Aumento no remunerativo-Licencia por maternidad

    Estimados:

    El motivo de mi mail es para consultarles acerca de un aumento no remunerativo que ha habido en la empresa donde trabajo (pedido por el sindicato de los gastronomicos), y en este momento estoy de licencia por maternidad, por lo cual el sueldo me lo paga el ANSES; y nadie me sabe decir que quien me paga ese aumento ya que la empresa dice que ellos no lo tienen que pagar y el anses me dicen que me pagan el sueldo que yo declaro en el momento del tramite de maternidad. La empresa me ha pagado el aumento de 2 meses (junio- julio) retroactivo. Mi duda es que si yo tengo el derecho o no de cobrar dicho aumento en mi licencia tambien y quien es el que me lo debe pagar y como es el procedimiento????
    Es un tema que me tiene muy preocupada y nadie me ha sabido aclarar este tema.

    Espero su respuesta.
    Muchas gracias!

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