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AFIP: Prórroga para informar retenciones y percepciones del IVA por SIRE

AFIP otorgó una prórroga para informar retenciones y percepciones del IVA por el sistema SIRE.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la publicación de la Resolución General 4640, otorgó una prórroga para informar retenciones y/o percepciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por el Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE). Por medio de dicha normativa, la obligación para utilizar esta herramienta comenzará a regir desde el 1° de marzo de 2019 y es optativa desde el 1° de diciembre.

Previamente a la publicación de la RG 4640, la utilización de este sistema era obligatoria desde el día de ayer.

El Fisco también estableció que, de tratarse del IVA, los ciudadanos y responsables alcanzados con compensaciones por pagos que se hubieran efectuado en concepto de devoluciones por retenciones y/o percepciones en exceso, informadas a través del SIRE y del programa aplicativo denominado «SICORE – Sistema de Control de Retenciones», deberán solicitarlas a través del sistema de «Cuentas Tributarias», ingresando al menú «Transacciones», opción «Compensación» y seleccionando las obligaciones de origen y destino correspondientes.

Actualmente el SIRE es utilizado para las operaciones alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias por rentas a beneficiarios del exterior y las retenciones de Seguridad Social.

Los agentes de retención y/o percepción debían utilizar el sistema SICORE para confeccionar la declaración jurada (DDJJ), generar un Volante Electrónico de Pago (VEP) por cada operación y emitir los certificados correspondientes. SIRE promete una agilización de los tiempos para los contribuyentes.

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