Fondo de desempleo de la Anses

Cobrar el Fondo de Desempleo

De acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 24.013 toda persona que trabaja en relación de dependencia y es despido tiene derecho a cobrar una Prestación por Desempleo. La misma se conforma de una Prestación económica por desempleo, la Prestación médico-asistencial de acuerdo, el pago de Asignaciones Familiares y el cómputo del período de las prestaciones a los efectos previsionales. Deberá presentar la documentación correspondiente en la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES. La persona que es despedida de su trabajo puede solicitar cobrar el Fondo de Desempleo, es necesario que sus datos y los de su grupo familiar se encuentren cargados en la base de datos del ANSES. Si esta seguro que sus datos están debidamente actualizados […]

De acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 24.013 toda persona que trabaja en relación de dependencia y es despido tiene derecho a cobrar una Prestación por Desempleo. La misma se conforma de una Prestación económica por desempleo, la Prestación médico-asistencial de acuerdo, el pago de Asignaciones Familiares y el cómputo del período de las prestaciones a los efectos previsionales. Deberá presentar la documentación correspondiente en la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES.

La persona que es despedida de su trabajo puede solicitar cobrar el Fondo de Desempleo, es necesario que sus datos y los de su grupo familiar se encuentren cargados en la base de datos del ANSES. Si esta seguro que sus datos están debidamente actualizados no es necesario presentar la documentación. Se le recuerda que todas las notificaciones enviadas al domicilio por usted declarado serán válidas.

De producirse alguna modificación de los datos personales o de su grupo familiar, será obligatoria su comunicación al organismo nacional respaldado con la documentación pertinente.

Es importante que presente la documentación para iniciar el cobro del Fondo de Desempleo dentro de los treinta (30) días.

Fuente ANSES

69 comentarios en “Cobrar el Fondo de Desempleo”

  1. hola! el telegrama de despido tiene fecha el 31 de julio,, mi pregunta es :ya puedo pedir turno para comenzar con los tramites para cobrar el fondo??

    1. aldo

      Si necesitas llevar toda la documentación no solo el telegrama un formulario que lo tiene que completar tu empleador

  2. Hola, yo ya estoy cobrando el fondo de desempleo. Me tocaba ir el 27 de agosto, como tuve que viajar de urgencia no pude cobrarlo. Al regresar me dirigí al banco pero me dijeron que no había dinero depositado a mi nombre, que seguramente eso sucedia al ya haber pasado mi fecha de cobro. Tengo los pasajes como comprobante de que no estuve en la ciudad y un certificado que pedi en la comisaria. Necesitaria saber como puedo hacer ahora para cobrarlo?

  3. si cobro el fondo de desempleo y comienzo a abonar solo monotributo, sin Obra Social ni Autonomo. Lo pierdo?. ME ES URGENTE LA RESPUESTA. Gracias

    1. Erica

      Si comenzas a trabajar lo perdes o mejor dicho tenes que darlo de baja. Por que motivo pagarias solo la parte impositiva del monotributo?

  4. Hola, yo también perdí el turno para cobrar en el banco la cuota de desempleo. Para reclamar me tengo que presentar directamente en Anses o tengo que pedir turno por internet?
    Muchas gracias!

    1. Claudio

      Vos ya tenes elturno en el Banco? tenes que ir al Banco directamente a cobrar? o perdiste el turno para gestionar el Fondo de Desempleo? Preguntas Completas

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