Los Empleados de Comercio cuenta con un Seguro de Retiro La Estrella de acuerdo a la Disposición Nº 4.701/941 que se encuentra incorporada al Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75. El empleador debe obligatoriamente realizar un aporte del 3.5% del total de la remuneración del trabajador que se encentre comprendido dentro de este convenio, no se trata de un aporte sino de una contribución patronal que debe realizar.
El seguro de retiro La Estrella, es un beneficio para los empleados de comercio, fue creado para que en el momento de jubilarse el empleado reciba aparte del su jubilación un renta mensual.
Debido a que muchos empleados son despedidos o bien renuncian antes de llegar a su edad jubilatoria, deben reclamar el dinero aportado por su empleador. Deben acudir al Sindicato de la zona y pedir el rescate mediante un formulario y a los 45 días aproximadamente la compañía aseguradora les enviará un giro o transferencia con el 50% de lo aportado.
Se trata de una contribución que debe realizar el empleador, por lo tanto no corresponde que le sea descontado al trabajador.
De acuerdo a lo investigado por www.econoblog.com.ar sugerimos al Empleado de Comercio que quieran acceder a la cuenta individual y rescatar los fondos por haber sido desvinculado de la empresa por renuncia, despido, jubilación oficial o invalidez o en los supuestos casos de fallecimiento del titular asegurado, serán los herederos legales, deberán obtener el Formulario de Rescate, al pie de este artículo, y mandarlo por correo o personalmente a Compañía de Seguros de Retiro La Estrella, cuya dirección es San Martín Nº 483 6º piso (1348) Capital Federal.
Documentación Requerida
- Formulario de Rescate
- Fotocopia del DNI
- Fotocopia del Telegrama de Renuncia o Despido
- Recibo con la liquidación final
Si enviaste todo por correo a la dirección antes mencionada espera 10 días y llama por teléfono entre la 10.00 y las 17.00 horas al Nº 011-4320-7000.
Tener en cuenta que este seguro no tiene fecha de vencimiento se puede cobrar en cualquier momento, después de haber sido desvinculado de la empresa y haciendo el trámite correspondiente
Agradecemos la Colaboración de Juan Pablo
Bajar Formulario de Rescate Seguro de Retiro La Estrella.
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En el formulario se hace mención a un «Nro. de Subpoliza»
¿Cómo hago para averiguarlo, ya que el anterior empleador no me lo quiere otorgar?
¿Es posible hacer el trámite sin completar este dato?
Walter
Si el empleador no aporto la compañia de seguro no te lo va a pagar, tenes que intimarlo a tu ex empleador legalmente
Hola Graciela, cumpliendo con tu pedido, te cuento que averigue si era posible cobrar el rescate del seguro si te cambian de C.C.T, me dijieron que si es posible y la documentacion a remitir es la siguiente:
Formulario Solicitud de Rescate
(El mismo deberá estar impreso, completo en su totalidad con firma y
aclaración manuscrita del Asegurado)
– Fotocopia de D.N.I. (las tres primeras hojas)
– Fotocopia del último recibo de sueldo dentro del Convenio 130/75.
– Fotocopia del primer recibo de sueldo fuera del mencionado convenio.
Espero que mi info se de utilidad para otras personas. Saludos.-
Guille
Ok gracias, no te aprobe todavía tu comentario ya que así me acuerdo de hacer un articulo
Hola Graciela,
Queria consultarte si hay alguna manera de corroborar que efectivamente el empleador esté haciendo los aportes que requiere este seguro.
Muchas gracias,
karina
Si consulta en la Estrella si tu CUIL tiene los aportes
Hola Graciela te consulto sobre mi caso donde la empresa me cambiado de C.C.T, puedo solicitar el rescate del seguro la estrella??
Guille
Considero que si podes. Si averiguas algo luego comentalo así sirve para otras consultas Suerte
Trabajo para un comercio en el cual no se esta pagando este seguro la estrella. Cuales serían las consecuencia de no pagarlo. Al jubilarme y no haber pagado mi empleador podre reclamar algo?
Sergio
Si podes pero si no te hacen caso lo reclamas judicialmente