Liquidar el Seguro de Vida Obligatorio en las Cargas Sociales
Como ya hemos anunciado a partir del próximo mes de enero de 2011 se tiene que liquidar el Seguro de Vida Obligatorio en las cargas sociales, según la Resolución Nº 2.922 de la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, a través del programa aplicativo denominado Sistema de Cálculo de las Obligaciones de la Seguridad Social, SICOSS. Los empleadores deberán tener en cuenta el vencimiento del trimestre y del contrato de adhesión.
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