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Anses: ¿Qué es la jubilación para madres de AUH?

Información sobre la jubilación de Anses para madres de la Asignación Universal por Hijo. Consultá los requisitos y cómo se tramita.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) puso en marcha el Programa de Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado. El mismo reconoce el trabajo y al dedicación que muchas mujeres hicieron para criar a sus hijos. Debido a ello, recibimos consultas sobre la llamada jubilación para madres de la Asignación Universal por Hijo (AUH).

Anses informó que más de 45.000 mujeres de toda la República Argentina ya han reconocido aportes por sus hijos.

Este programa permite que muchas mujeres puedan estar más cerca de jubilarse en Anses. Esto es gracias a que es compatible con la Moratoria Previsional que regulariza años de servicio hasta diciembre de 2003.

El programa reconoce un año de aporte por cada hijo, dos si éstos fueron adoptivos.

Se da un año extra si se trata de un hijo con discapacidad. Además, si la persona cobró la AUH por 12 meses o más se le adicionan dos años.

Es decir, aquellas mamás que han cobrado la Asignación Universal por Hijo están más cerca de poder jubilarse sin aportes.

El reconocimiento se puede realizar desde los 60 años de edad. Sin embargo, la moratoria está disponible para aquellas que tienen de 60 a 65 años.

Requisitos de la jubilación de madres

  • Tener de 60 a 65 años de edad.
  • Haber tenido uno o más hijos.
  • No tener una jubilación otorgada o en trámite.
  • Pasar un estudio socioeconómico.
  • No tener los aportes requeridos para jubilarse.

¿Cómo hacer el trámite en Anses?

Es indispensable que los hijos estén cargados. Para controlarlo, la interesada debe acceder a la página de Mi Anses con su Clave de la Seguridad Social. En el sistema se tiene que acceder a «Información personal» y «Datos personales y familiares».

Para reconocer los aportes se tiene que solicitar un turno, ya sea por Internet o al número 130. La opción a elegir es «Asesoramiento por tareas de cuidado».

Cabe señalar que el trámite es gratuito. No se necesita contratar a un abogado ni gestor.

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