Empleada del servicio doméstico

Servicio doméstico – Capital Federal

Las actividades desarrolladas en el hogar del empleador son consideradas Servicios Domésticos , están reglamentadas por el Decreto Ley Nº 326/1956. La primera instancia entre empleador y empleado del Servicio doméstico que se desempeñen en el área de los domicilios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es el Tribunal del Servicio Doméstico que funciona para atención al público en la Calle 25 de Mayo 637 de  Capital Federal en el horarios de lunes a viernes entre las 9 y las 13 horas. No se podrá contratar para realizar trabajos domésticos menores de 14 años de edad. Beneficios: Aguinaldo SAC  Corresponde abonar un mes de sueldo complementario durante el año de servicio o la parte proporcional Preaviso – Luego de […]

Las actividades desarrolladas en el hogar del empleador son consideradas Servicios Domésticos , están reglamentadas por el Decreto Ley Nº 326/1956.

La primera instancia entre empleador y empleado del Servicio doméstico que se desempeñen en el área de los domicilios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es el Tribunal del Servicio Doméstico que funciona para atención al público en la Calle 25 de Mayo 637 de  Capital Federal en el horarios de lunes a viernes entre las 9 y las 13 horas.

No se podrá contratar para realizar trabajos domésticos menores de 14 años de edad.

Beneficios:

Aguinaldo SAC  Corresponde abonar un mes de sueldo complementario durante el año de servicio o la parte proporcional

Preaviso – Luego de noventa (90) días de iniciado el contrato laboral, este, no podrá disolverse por voluntad de ninguna de las partes, sin antes haber dado un aviso con una anticipación de cinco (5) días cuando la antigüedad del trabajador es inferior a dos (2) años y de Díez (10) días cuanto la antigüedad supere los dos (2) años.

Indemnización por despido – Si el empleador decide despedir a su trabajador, luego del año de antigüedad, deberá indemnizarlo con una suma equivalente a medio sueldo por cada año (1) de servicio o fracción mayor a tres (3) meses

Vacaciones anuales –  Una vez cumplido el año de antigüedad los trabajadores gozarán de un descanso anual de:

  • Antigüedad superior al año y menor a cinco (5) años – Diez (10) días hábiles
  • Antigüedad superior a cinco (5) años y menor a a diez (10) años de servicios – quince (15) días hábiles.
  • Antigüedad superior a diez (10) año  de servicios – veinte (20) días hábiles

Descansos – El trabajador que realice sus trabajo sin retiro gozará de los siguientes descansos:

  1. Diarios:
  • Reposos nocturnos nueve (9) horas
  • Descanso diario de tres (3) horas entres sus tareas matutinas y nocturnas

2.  Semanales:

  • Dos medios días completos a partir de las quince (15) horas o en su defecto, un (1) día completo.

Enfermedad – Al trabajador le corresponde licencia paga por enfermedad de hasta treinta (30) días en el año. Se cuenta dicho plazos desde la fecha de ingreso.

Libreta sanitaria – El trabajador debe realizar el trámite en forma personal en Avenida Leandro N. Alem 628 Piso 4°, de lunes a viernes en el horario de 10.00 a 17.00. deberá presentarse con:

  • Documento Nacional de Identidad
  • Dos fotos 4×4
  • Certificado de buena conducta expedido por autoridad policial
  • Libreta Sanitaria (expedida por hospitales públicos)

Todo esto si el trabajador tiene domicilio en Capital Federal de lo contrario, ya que se obtiene la Libreta Sanitaria de acuerdo al domicilio del trabajador, deberá realizar dicho trámite a nivel provincial,  ante el área competente de la Subsecretaría de Trabajo de la jurisdicción correspondiente.

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4 comentarios en “Servicio doméstico – Capital Federal”

  1. Tengo una empleada doméstica que viene tres veces por semana 6 horas cada vez, a $12 la hora más viáticos. Le hago los aportes correspondientes. Está embarazada y quiero saber cómo hacer con la licencia. Tengo entendido que no le corresponde por ley, pero decidí otorgársela. Mi pregunta es cómo hacer el recibo para seguir aportando durante los meses que no trabaje y cómo calcular tiempo de licencia y monto de pago. Muchas gracias por tus comentarios, que siempre son muy claros y útiles

  2. me ofrecen un trabajo como empleada administrativa con tareas basicas, de lunes a viernes de 9 a 18, ellos ofrecen $1300 como basico, pero no se si corresponde.
    no te hagas problema si no podes responderme.
    gracias igual!

  3. buenas tardes.
    quisiera saber como puedo saber cual seria el salario basico para una empleada administrativa en una grafica comercial.
    muchas gracias!

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