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Pago de Anses del 14 de marzo de 2023 a jubilados y pensionados con DNI 4

El pago de Anses del 14 de marzo de 2023 será a jubilados con DNI 4. Se aplica un 17,04% de aumento y se paga un bono de $15.000.

Este mes, los haberes de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) reciben un aumento del 17,04%. Dicha actualización se aplicará conforme a lo determinado por la Ley de Movilidad. El calendario con las fechas de pago de jubilados y pensionados depende del Documento Nacional de Identidad (DNI). De acuerdo al mismo, el 14 de marzo de 2023 se pagará a beneficiarios terminados en 4.

En marzo, las jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) se ajusta por primera vez en 2023.

La actualización trimestral de los haberes previsionales se calcula considerando los cambios en los salarios. Teniendo en cuenta ello, el índice de movilidad es del 17,04%.

Lamentablemente, la suba es menor al proceso inflacionario. Por tal razón se anunció un bono de hasta $15.000 para marzo, abril y mayo. Los titulares de la jubilación mínima reciben el 100% del plus. Quienes tienen ingresos mayores cobran un refuerzo menor de hasta $5.000.

El aumento también impacta en las asignaciones familiares de jubilados y pensionados. os nuevos valores han sido publicados por el organismo previsional mediante la Resolución 45/2023.

Fechas de primera tanda de pagos a jubilados

Documentos terminados en Inicio de pago
1 Jueves 9 de marzo de 2023.
2 Viernes 10 de marzo de 2023.
3 Lunes 13 de marzo de 2023.
4 Martes 14 de marzo de 2023.
5 Miércoles 15 de marzo de 2023.
6 Jueves 16 de marzo de 2023.
7 Viernes 17 de marzo de 2023.
8 Lunes 20 de marzo de 2023.
9 Martes 21 de marzo de 2023.

Fechas de segunda tanda de pagos a jubilados

Documentos terminados en Inicio de pago
0 y 1 Miércoles 22 de marzo de 2023.
2 y 3 Jueves 23 de marzo de 2023.
4 y 5 Lunes 27 de marzo de 2023.
6 y 7 Martes 28 de marzo de 2023.
8 y 9 Miércoles 29 de marzo de 2023.

Acreditación de supervivencia

Los adultos mayores tienen la obligación de cumplir con la acreditación de supervivencia. Esta gestión debe ser realizada de acuerdo a lo determina cada banco. Si no se da fe de vida se procede a la suspensión de pagos hasta que de realice.

Un dato a tener en cuenta es que algunas entidades bancarias eliminaron el trámite. Esto es gracias a que llevan adelante un cruzamiento de información con el Registro Nacional de las Personas (Renaper).

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