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Pago de Anses del 17 de marzo de 2023 a jubilados y pensionados con DNI 7

El pago de Anses del 17 de marzo de 2023 será a jubilados y pensionados con DNI terminados en 7 con 17,04% de aumento y bono.

Este mes, los jubilados y pensionados recibieron un 17,04% de aumento por la Ley de Movilidad. El ajuste de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) es directo, sin trámite previo. Las fechas de cobro de haberes previsionales depende del número de Documento Nacional de Identidad (DNI). Conforme al calendario, el 17 de marzo de 2023 cobrarán los terminados en 7.

La Ley de Movilidad establece que los adultos mayores reciben cuatro aumentos al año. Los mismos se aplican en marzo, junio, septiembre y diciembre.

Teniendo en cuenta la variación salarial, la suba por movilidad es del 17,04%. Dicho porcentaje fue oficializado mediante la Resolución 27/2023 del organismo previsional.

Además de una suba en las jubilaciones y pensiones se actualizan las asignaciones familiares. Los nuevos valores de las correspondientes a jubilados han sido publicados por medio de la Resolución 45/2023.

Este mes, los beneficiarios con haberes de hasta dos jubilaciones mínimas reciben un bono. Este refuerzo se liquidará hasta mayo en compensación porque el incremento fue inferior al proceso inflacionario. El plus es de $15.000 para los que cobran el haber mínimo. Se baja hasta $5.000 para los que perciben hasta dos mínimas.

Fechas de primeros pagos a jubilados y pensionados

Documentos terminados en Inicio de pago
4 Martes 14 de marzo de 2023.
5 Miércoles 15 de marzo de 2023.
6 Jueves 16 de marzo de 2023.
7 Viernes 17 de marzo de 2023.
8 Lunes 20 de marzo de 2023.
9 Martes 21 de marzo de 2023.

Fechas de segundos pagos de haberes previsionales

Documentos terminados en Inicio de pago
0 y 1 Miércoles 22 de marzo de 2023.
2 y 3 Jueves 23 de marzo de 2023.
4 y 5 Lunes 27 de marzo de 2023.
6 y 7 Martes 28 de marzo de 2023.
8 y 9 Miércoles 29 de marzo de 2023.

Acreditación de supervivencia

Anses recuerda que es necesario cumplir con la acreditación de supervivencia. El trámite se tiene que hacer conforme a lo determinado por cada banco. Quienes no cumplan sufrirán una suspensión en sus pagos. Para volver a recibir los fondos es necesario dar fe de vida.

Es importante aclarar que algunos bancos suspendieron la gestión. Esto lo han hecho cruzando datos con el Registro Nacional de las Personas (Renaper).

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