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Categoría: AFIP

Trabajadores en relación de dependencia ¿Presentan Declaración Jurada de Ganancias y Bienes Personales?

Computadora y taza con logo de AFIP
Escrito por Graciela Sabio | 23/04/2009 18:17

Los trabajadores que solamente perciben ingresos por su trabajo en relación de dependencia deben presentar declaraciones juradas al Impuesto de las ganancias y bienes Personales en las siguientes circunstancias:

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  1. Trabajadores que perciban durante el año 2008 desde $96.000.- deberán presentar la declaración jurada informativa de Bienes Personales Utilizar el aplicativo unificado de Ganancias y Bienes Personales versión 10.0
  2. Trabajadores que perciban durante el año 2008 desde $144.000.- deberán presentar la Declaración Jurada informativa de Bienes Personales y del Impuesto a las Ganancias a través de los siguientes medios:

  • Declaración jurada de Ganancias y Bienes Personales, ambas a través del aplicativo unificado versión 10.0 Deberá ingresar  en la pantalla “Datos Descriptivos de la Declaración Jurada”, opción “DDJJ 4ta. Categoría Exclusivamente”), o
  • Declaración jurada de Ganancias por el sistema “REGIMEN SIMPLIFICADO GANANCIAS PERSONAS FISICAS” y la Declaración jurada de Bienes Personales a través del aplicativo unificado versión 10.0 Deberá ingresar  en la pantalla “Datos Descriptivos de la Declaración Jurada”, opción “DJ de Bienes Personales únicamente”.

Fuente: AFIP

Sobre el autor

Graciela Sabio

Graciela Sabio

Martillero y Corredor Público. Especialista en tareas contables y liquidación de sueldos y jornales.