Trabajadores felices con casco en la mano

AFIP reglamentó exención del aguinaldo de ganancias

La AFIP reglamentó exención del aguinaldo del impuesto a las ganancias. Además se eximió a las guardias y horas extras.

El día de la fecha, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la exención del Sueldo Anual Complementario (Aguilando) del Impuesto a las Ganancias. Esta medida se aplicará a aquellas personas que están alcanzadas por el nuevo mínimo no imponible. Además se estableció una deducción especial incrementada para un grupo de trabajadores en relación de dependencia.

AFIP reglamentó la exención del aguinaldo de ganancias con la publicación de la Resolución General 5358/2023.

Luego de la publicación del Decreto 267/2023 en el Boletín Oficial, el piso de ganancias es de $506.230. Como resultado de esta medida se benefician 250.000 empleados de todo el país.

Con la RG 5358/2023, se exime del pago del tributo por el aguinaldo cuando los ingresos son de hasta $506.230. También se estableció la deducción especial incrementada para quienes tienen una remuneración bruta de $506.230 a $583.851.

Así mismo se oficializó la exención de las guardias y horas extras para los trabajadores de la salud.

A partir de esta publicación, los agentes de retención que liquidaron haberes devengados desde el 1° de mayo pasado tendrán que generar una liquidación adicional. De esta forma se tendrán que aplicar los reintegros que correspondan.

En el caso de que se hubiese producido la desvinculación laboral del trabajador y que no existiera otro empleador actuante como agente de retención, será necesario volver a hacer la liquidación final.

En la normativa también se eximió a las guardias obligatorias y horas extras para los trabajadores de la salud. Al hacerlo, AFIP recalcó que el Decreto 267/2023 anticipó parcialmente la actualización anual.

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