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Vencimientos anticipos ganancias y bienes personales 2007

Las personas deberán determinar e ingresar 5 anticipos en el concepto de Pagos a Cuenta de los impuestos de Ganancias o Bienes Personales. Para establecer el importe de cada uno de los anticipos se aplicará el 20% sobre el monto del impuesto determinado en el año 2006. Este año se deberá proceder con algunas variantes de los años anteriores, ya que hubo modificaciones en la base del mínimo no imponible y deducciones personales, se deberá re calcular el impuesto determinado con las modificaciones y disposiciones del Decreto Nº 298/07 y  de la Resolución General 327, se deberá presentar en la dependencia una nota (multinota 206) con el detalle de la aludida liquidación, acompañada del formulario de declaración jurada Nº 478 […]

Las personas deberán determinar e ingresar 5 anticipos en el concepto de Pagos a Cuenta de los impuestos de Ganancias o Bienes Personales.

Para establecer el importe de cada uno de los anticipos se aplicará el 20% sobre el monto del impuesto determinado en el año 2006. Este año se deberá proceder con algunas variantes de los años anteriores, ya que hubo modificaciones en la base del mínimo no imponible y deducciones personales, se deberá re calcular el impuesto determinado con las modificaciones y disposiciones del Decreto Nº 298/07 y  de la Resolución General 327, se deberá presentar en la dependencia una nota (multinota 206) con el detalle de la aludida liquidación, acompañada del formulario de declaración jurada Nº 478 cubierto en todos sus rubros.
El ingreso de los anticipos, nota y formulario 478 deberá efectuarse cuando el importe que se determine resulte igual ó superior a $ 100.-
Los meses de vencimiento de dichos anticipos son Junio, agosto, octubre, diciembre del 2007 y febrero del 2008, los días son:
Terminación CUIT                     Día Vencimiento
           0, 1, 2, y 3                            hasta el día 13, inclusive
4, 5 y 6                              hasta el día 14, inclusive
7, 8  y 9                             hasta el día 15, inclusive
Se utilizara para su pago el formulario 799/c
Códigos:   IMPUESTO                  011      Ganancias
180      Bienes Personales
CONCEPTO                  191      Anticipos
SUB-CONCEPTO          191      Anticipos

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