Refacción de vivienda

Créditos para arreglar viviendas y ponerlas en alquiler

Créditos para arreglar viviendas y ponerlas en alquiler del Programa Refacción +Fácil de la Ciudad de Buenos Aires.

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires cuenta con el Programa Refacción +Fácil. Este consiste en el otorgamiento de créditos para arreglar viviendas y ponerlas en alquiler. También se aplica para bienes inmuebles que estén alquilados. Como resultado de esta medida se busca ampliar la oferta de alquileres.

Los préstamos Refacción +Fácil están dirigidos tanto a propietarios como inquilinos. Su lanzamiento se hizo a causa de la poca oferta de inmuebles en el sector.

El Instituto de Vivienda de la Ciudad indica que se otorgan a propietarios que quieran mejorar una propiedad que quieran poner en alquiler. También son para inquilinos que, previo acuerdo con el dueño, deseen refaccionar el lugar que habitan.

Los interesados pueden solicitar un préstamo de hasta 3.500 unidades de vivienda (UVIs). El valor de la UVI se va ajustando conforme a la evolución del costo de la construcción. La suba acumulada nunca será superior al promedio de los salarios.

Se requiere que el solicitante cumpla con la presentación de un presupuesto. De esta forma se justificará el monto solicitado. Sin embargo, se tiene que considera que también se toma en cuenta la capacidad de pago. Esto se debe a que la primera cuota no puede ser superior al 25% de los ingresos totales.

La cancelación de la deuda se puede hacer en 12, 24, 36, 48, 60, 72, 84 y 96 cuotas. SU pago es mensual y consecutivo.

Requisitos de los préstamos para la refacción de viviendas

  • Tener 18 años de edad o más.
  • Contar con Documento Nacional de Identidad (DNI) o residencia permanente.
  • Tener título de la propiedad o contrato de locación con autorización expresa del propietario.
  • Contra con ingresos de una a ocho veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM).
  • Registrar, al menos, 6 meses de antigüedad laboral.
  • No tener antecedentes financieros desfavorables en los últimos 12 meses. Es decir, no se puede estaren el Veraz.
  • El solicitante no puede estar incluido en el registro de deudores alimentarios morosos (Ley 269).
  • No haber sido beneficiario de otros programas del IVC de vivienda definitiva en los últimos 10 meses.
  • La primera cuota no puede ser mayor al 25% del ingreso formal neto.
  • El destino del bien inmueble debe ser únicamente habitacional.
  • La propiedad tiene que estar dentro del territorio bonaerense.

Bonificación en los créditos para arreglar viviendas

El IVC bonifica el 15% de los créditos para el arreglo de viviendas si se tiene un contrato de alquiler vigente.

Asimismo se otorga la misma bonificación del saldo pendiente de pago si se alquila dentro de los 24 meses de otorgado el préstamo.

Solicitar el beneficio

Las personas interesadas en solicitar el beneficio tienen que visitar la página de Refacción +Simple. En el sitio se debe pulsar en el botón «Postulate» y completar el formulario.

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