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Simulador de retenciones del Impuesto a las Ganancias

La AFIP habilitó un simulador de retenciones del Impuesto a las Ganancias de la Resolución General 830/2000.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó un simulador de retenciones del Impuesto a las Ganancias. Esta nueva herramienta permite a los contribuyentes hacer el cálculo en cumplimiento de la Resolución General 830/2000. Su utilización es muy simple.

El nuevo simulador de retenciones del Impuesto a las Ganancias integra los servicios de la página de AFIP. Para acceder al mismo es necesario ingresar aquí.

Al ingresar a esta herramienta, el sistema requiere que se indiquen los datos requeridos para el cálculo. Luego se tiene que elegir el concepto sujeto a retención e indicar si se hicieron pagos anteriores en el mes. Finalmente se debe pulsar el botón «Calcular».

Recordemos que la RG 830/2000 establece un régimen de retención de ganancias para determinadas rentas. Algunos ejemplos de las mismas son:

  • Honorarios, comisiones y otras retribuciones derivadas del ejercicio de actividades profesionales, comerciales, industriales, deportivas, artísticas o científicas.
  • Alquileres de inmuebles urbanos y rurales.
  • Dividendos y utilidades distribuidos por sociedades anónimas y en comandita por acciones.
  • Intereses y rendimientos de colocaciones financieras.
  • Ganancias de capital obtenidas por la venta de acciones, cuotas y participaciones sociales, títulos, bonos y demás valores.

Cabe señalar que la alícuota de la retención depende del tipo de renta, persona (Humana o jurídica) y situación frente al tributo.

Aumento al piso del impuesto a las ganancias

Por otro lado, el Gobierno confirmó un aumento al piso del impuesto a las ganancias. Por ello, el mismo será de $700.875 desde el mes de agosto. Además, el Ministro de Economía, Sergio Massa, adelantó que se actualizarán las escalas en un 35% con retroactividad a enero del corriente año.

Por lo cual, los empleadores tendrán que hacer una devolución del dinero retenido en exceso en dos cuotas con los salarios de agosto y septiembre.

Por otro lado, esta medida también impactará en el cobro de asignaciones familiares de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). Esto se debe a que el piso de ganancias es equivalente al tope del SUAF.

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