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44% de aumento y bono de $20.000 para encargados de edificios

Edificios

La Secretaria de Trabajo homologó el acuerdo del Suterh con 44% de aumento y bono de $20.000 para encargados de edificios.

Escrito por Mauro Daniel | 17/08/2023 11:00

La Secretaria de Trabajo cumplió con la homologación del nuevo acuerdo salarial del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (Suterh). Como resultado de la misma se aplicará un 44% de aumento en los sueldos básicos de encargados de edificios. Además se liquidará un bono de $20.000.

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El acuerdo salarial de encargados de edificios se hizo mediate la publicación de la Resolución 1522/2023.

Suterh cerró el acuerdo con la la Unión Administradores de Inmuebles, la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y la Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal.

Durante las negociaciones paritarias se acordó un aumento salarial acumulativo de la siguiente manera:

  • Septiembre: 11% sobre los salarios básicos para la cuarta categoría establecida en el Artículo 6 del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 589/10. Asimismo se aplicará proporcionalmente al resto de las categorías.
  • Octubre: 11% sobre los salarios básicos para la cuarta categoría establecida en el Artículo 6 del CCT 589/10. Asimismo se aplicará proporcionalmente al resto de las categorías.
  • Noviembre: 11% sobre los salarios básicos para la cuarta categoría establecida en el Artículo 6 del CCT 589/10. Asimismo se aplicará proporcionalmente al resto de las categorías.
  • Enero: 11% sobre los salarios básicos para la cuarta categoría establecida en el Artículo 6 del CCT 589/10. Asimismo se aplicará proporcionalmente al resto de las categorías.

Paralelamente se liquidará un bono remunerativo de $20.000 junto con la remuneración mensual.

Período de prueba de encargados de edificios

En el encuentro también se reconoció la plena vigencia del Artículo 6 de la Ley 12.981. Por esta razón, la estabilidad en el empleo de los encargados de edificios se adquiere a los 60 días corridos del inicio de la relación laboral.

En caso de despido, el empleador deberá pagar una indemnización equivalente a tres meses de sueldo en concepto de preaviso. También tendrá que liquidar un mes de sueldo por cada año o fracción de cada día de antigüedad.

Cabe señalar que la notificación del despido se tiene que hacer por escrito.

Sobre el autor

Mauro Daniel

Mauro Daniel

Estudiante de Licenciatura en Periodismo de la Universidad de Palermo, Argentina.

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