Empleada doméstica con delantal de AFIP

Habilitan pago de cuota del servicio doméstico por billeteras virtuales

La AFIP habilitó el pago de la cuota del servicio doméstico por billeteras virtuales y cajeros automáticos.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) facilitó el cumplimiento de aportes y contribuciones del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares. Esto es porque habilitó el pago de la cuota del servicio doméstico por billeteras virtuales y cajeros automáticos.

AFIP amplió las formas de cumplir con el pago de la cuota del servicio doméstico con la Resolución 5409/2023.

La medida se adopta en concordancia con la decisión del Banco Central de la República Argentina (BCRA) de ampliar la utilización de plataformas digitales.

Por otro lado se recuerda que este mes entra en vigencia un 8% de aumento a la escala salarial de empleados domésticos. Además, los empleadores tienen que cumplir con el pago de una suma fija de $25.000 en dos cuotas. Dicho bono tendrá que liquidarse de manera proporcional a las horas trabajadas semanalmente.

Medios de pago admitidos para la cuota del servicio doméstico

  • Depósito en sucursal bancaria o entidad habilitada por la RG 1217.
  • Transferencia electrónica de fondos conforme a la RG 1778.
  • Pago mediante la utilización de tarjeta de crédito conforme a los establecido en la RG 1644.
  • Débito en cuenta mediante cajeros automáticos.
  • Cualquier otro pago electrónico admitido o regulado por el BCRA e implementado por AFIP. Es decir, plataformas de pago digital, billeteras virtuales o sistemas de homebanking.

Aclaraciones de AFIP

AFIP aclara que al inicio de la relación laboral se tiene que hacer el pago con el Formulario 575/RT mediante cualquier modalidad.

En caso de extinción de la relación laboral, sólo se tendrán que abonar los aportes y las contribuciones del último período mensual devengado. Previamente a informar el cese por el Registro Especial del Personal de Casas Particulares se tendrá que usar el Formulario 1350 para hacer la transferencia electrónica de fondos.

Sólo se admitirán pagos por billeteras virtuales y cajeros automáticos cuando en el mes inmediato anterior al corriente el empleador haya hecho un pago.

2 comentarios en “Habilitan pago de cuota del servicio doméstico por billeteras virtuales”

  1. Soy empleado de casa particulares me corresponde el bono .trabajo 24 hs semanales llevo 9 años trabajando estoy en blanco y nunca tube vacaciones

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