Fondo de desempleo en septiembre

Fechas de pago del fondo de desempleo en septiembre de 2023

Calendario de Anses con las fechas de pago del fondo de desempleo para septiembre de 2023 con aumento a los topes mínimos y máximos.

La Anses (Administración Nacional de la Seguridad Social) ha publicado las fechas en las que se cobrará el Fondo de Desempleo en septiembre de 2023. El calendario de pago depende de la finalización del número de DNI de los beneficiarios. Este mes recibirán un aumento pero se verá reflejado en el siguiente pago.

La prestación del Fondo de Desempleo se otorga a personas que estuvieron en relación de dependencia y fueron despedidos sin causa justa. Esto quiere decir que no aplica para aquellos que renunciaron.

Para recibir la ayuda económica del Fondo de Desempleo hay que hacer la solicitud dentro del plazo de los 90 días de haber sido despedido. La liquidación se hace considerando los aportes que el trabajador realizó durante la relación laboral, y tiene un tope de 12 mensualidades. En el caso de tener 45 años o más, el servicio se extiende por 6 meses más.

Recordemos que el cobro se realiza a mes vencido y se cuenta con un tope, tanto mínimo como máximo. De acuerdo a la resolución 10/2023 los límites de agosto son $32.294,40 y 52.082,30. En el mes de septiembre, que se cobra en octubre, serán $32.771,10 y $54.628,50.-

Fechas de pago del Fondo de Desempleo en septiembre de 2023

  • Jueves 21 de septiembre: DNIs terminados en 0 y 1.
  • Viernes 22 de septiembre: DNIs terminados en 2 y 3.
  • Lunes 25 de septiembre: DNIs terminados en 4 y 5.
  • Martes 26 de septiembre: DNIs terminados en 6 y 7.
  • Miércoles 27 de septiembre: DNIs terminados en 8 y 9.

¿Cómo solicito la prestación por desempleo?

Cuando una persona en relación de dependencia es despedida sin causa debe solicitar la Prestación por Desempleo en una delegación de ANSES con turno previo. El turno se puede obtener llamando al 130 o ingresando a Anses.gob.ar.

Recordemos que en 2023 se extendió la prestación por desempleo al servicio doméstico. Anteriormente estaba excluido pero se incorporó por el decreto 90/2023, reglamentado con la resolución 670/2023. Por otro lado también se facilitó el acceso a una jubilación a aquellos trabajadores que prestaban servicios por menos de 16 hs. semanales.

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