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Confirman nuevos honorarios mínimos sugeridos para contadores

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires confirmó los nuevos honorarios mínimos sugeridos para contadores.

Este mes, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires (Cpcecaba) aprobó la Resolución 864/2023. En ella se establecieron los nuevos honorarios mínimos sugeridos para contadores desde diciembre de 2023. Dicha actualización es el resultado de un ajuste del 29,03% al valor del módulo.

El Consejo Directivo del Cpcecaba establece los honorarios mínimos para contadores. Los mismos se van ajustando conforme a la evolución de la unidad de medida como indica la Resolución 63/2007. El mismo se incrementará a $3.400 desde el próximo mes.

Los importes sugeridos varían conforme a la complejidad de la tarea (Baja, mediana o alta).

Nuevos honorarios mínimos sugeridos para contadores

  • Liquidación anual del Impuesto a las Ganancias – Jurídicas: $85.000 / $119.000 / $187.000.
  • Recategorización Monotribtuistas: $20.400 / $27.200 / $34.000.
  • Liquidación anual del Impuesto a los Bienes Personales: $51.000 / $119.000 / $187.000.
  • Recategorización IIBB Régimen Simplificado CABA: $20.400 / $27.200 / $34.000.
  • Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI): $17.000 / $27.200 / $37.400.
  • Certificado de Transferencia de Automotores (CETA): $13.600.
  • Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI): $13.600.
  • Devolución Percepciones Sujetos No Inscriptos: $23.800.
  • Formulario 572 Web: $27.200 / $40.800 / $68.000.
  • Plan de pagos: $27.200 / $37.400 / $54.400.
  • Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI): $20.400 / $34.000 / $51.000.
  • Empadronamiento Empleadores CABA: $27.200 / $40.800 / $68.000.

A partir del 1° de diciembre de 2023, la página del Cpcecaba habilitará aplicativo para el calculador de los haberes mínimos sugeridos.

Es importante destacar que estos valores son meramente sugeridos como mínimo. Su finalidad es orientar a los profesionales en la fijación de sus honorarios para nuevos clientes o en la revisión de los que ya están cobrando.

Recordemos que todos los profesionales de la Ley 20.488 deben matricularse en el Consejo. Es decir, tanto aquellos que trabajan independientemente o bajo relación de dependencia.

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