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Planilla Excel Liquidar Empleados de Comercio mes de Agosto de 2011

La planilla Excel que podrás bajar de este articulo te permitirá hacer la liquidación para un Empleado de Comercio encuadrado dentro del Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75, del mes de agosto de 2011. Si bien los básicos y sumas No Remunerativas se pueden sacar de las planillas publicadas por la Federación Argentina de Empleados de comercios y Servicios, FACEyS, econoblog.com.ar confecciona los cálculos tan cual lo veníamos haciendo para evitar mas confusión, ya que al momento de comparar los mismos deben coincidir o tener una pequeña diferencia por los porcentajes. El último acuerdo firmado para los empleados de comercio fue del 30 % no acumulativo a pagar en tres tramos: Mayo de 2011  15%. Septiembre de 2011 8%. […]

La planilla Excel que podrás bajar de este articulo te permitirá hacer la liquidación para un Empleado de Comercio encuadrado dentro del Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75, del mes de agosto de 2011. Si bien los básicos y sumas No Remunerativas se pueden sacar de las planillas publicadas por la Federación Argentina de Empleados de comercios y Servicios, FACEyS, econoblog.com.ar confecciona los cálculos tan cual lo veníamos haciendo para evitar mas confusión, ya que al momento de comparar los mismos deben coincidir o tener una pequeña diferencia por los porcentajes.

El último acuerdo firmado para los empleados de comercio fue del 30 % no acumulativo a pagar en tres tramos:

  1. Mayo de 2011  15%.
  2. Septiembre de 2011 8%.
  3. Diciembre de 2011 7%.

Este incremento será pagado con carácter de Suma No Remunerativa debe ir en concepto separado y será incorporado a los básicos de convenio recién en marzo del año 2012.

Para hacer la liquidación lo primero que se debe hacer es bajar la planilla a computadora y mirar que el ejemplo planteado corresponde en un trabajador con la Categoría Administrativo “A” con tres (3) años de antigüedad y una jornada completa, solamente en los casos de que algunos de estos datos no coincidan con el caso a liquidar, se deberá modificar las celdas correspondientes.

Para aquellos casos en que la categoría, básico o años de antigüedad no coincidan con los a liquidar se debe, una vez bajada la planilla a la PC posesionarse en la celda y modificarlos:

  • E59 corresponde al básico de la categoría que se  puede obtener de AQUI.
  • C13 corresponde al de los años de Antigüedad en la Empresa.

El importe del básico a cambiar en la celda E59 se debe obtener de la planilla de básicos del sindicato  FACEyS, Escalas mes de Junio de 2010. No confundirse y copiar los de Escala Salarial Junio 2011 a Abril 2012. Nada más con sólo la modificación, siempre y cuando sea necesario, de esas dos celdas ya puede usted realizar la liquidación de un Empleados de Comercio en el mes de julio de 2011.

Solamente para verificar si el Básico calculado y las Sumas No Remunerativas coinciden con las calculadas, corrobore con los básicos publicados por el Sindicato, puede ingresar AQUI.

Quedamos a la espera de su comentario, duda o inquietud para saber si la planilla Excel publicada le resulta de ayuda y de fácil utilización. Así como también si desea que modifiquemos el formato y utilicemos los básicos dados por FACEyS.

Bajar Planilla Excel Liquidación Empleados de Comercio mes de Agosto de 2011.

12 comentarios en “Planilla Excel Liquidar Empleados de Comercio mes de Agosto de 2011”

  1. buenas tardes !!! yo qusiera saber que sueldo coademas el rresponde que cobre en el mes de octubre ???ya que me fijo en internet en las planillas excel y ninguna coincide y meno s con el recibo mio,soy cajera categoria A ,ademas no se porque el mes anterior cobre mas que este mes por favor necesitaria una respueta

  2. Graciela, me refería si en el acuerdo 2011 de comercio, donde dice «8% a partir del mes de septiembre de 2011.» ese 8% es el que se paga del 1 al 5 de octubre y no del 1 al 5 de septiembre.

    Gracias de nuevo

  3. Graciela, gracias por responder, sos una capa!

    Cuando decís por Ej «a partir de septiembre» significa que corresponde al sueldo que se paga a principio de octubre ¿no?

    Saludos y gracias de nuevo.

    1. emepe

      Gracias pero siempre tenes que hacer la pregunta completa. Voy respondiendo por orden de ingreso de consulta y se dificulta volver atras, por ese motivo siempre pido PREGUNTAS COMPLETAS, aveces sucede mientars estoy respondiendo el cruce y me acuerdo otras no.

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