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Requisitos para ingresar a España

Es importante tener en cuenta aquellos  argentinos que deseen viajar a España,  podrán permanecer tres meses en un periodo de seis meses y deberán cumplir los siguientes requisitos por viajes turísticos o privados: Tener el Pasaporte válido por toda la permanencia en el extranjero. Establecimiento del hospedaje, constancia del lugar que se va a hospedar por el tiempo de permanencia en el país, o en el caso de hospedarse en un domicilio particular se le solicitará una carta de invitación, expedida según la Orden PRE/1283 del día 10 de mayo de 2007, por la cual se establecen los términos y requisitos para la expedición de la carta de invitación de los particulares a favor de los extranjeros que quieran ingresar […]

Es importante tener en cuenta aquellos  argentinos que deseen viajar a España,  podrán permanecer tres meses en un periodo de seis meses y deberán cumplir los siguientes requisitos por viajes turísticos o privados:

  • Tener el Pasaporte válido por toda la permanencia en el extranjero.
  • Establecimiento del hospedaje, constancia del lugar que se va a hospedar por el tiempo de permanencia en el país, o en el caso de hospedarse en un domicilio particular se le solicitará una carta de invitación, expedida según la Orden PRE/1283 del día 10 de mayo de 2007, por la cual se establecen los términos y requisitos para la expedición de la carta de invitación de los particulares a favor de los extranjeros que quieran ingresar al territorio español por motivos de carácter turístico a privado. Se deberá extender la carta invitando a la persona a permanecer en su domicilio particular, donde deben obligatoriamente contar el motivo de la invitación, especificar el nombre, apellido y dirección de la persona que realiza la invitación y el nombre y apellido de la persona invitada, dicha carta debe estar certificada por un escribano de dicho país. En ningún caso la carta de invitación suplirá la acreditación por el extranjero de los demás requisitos exigido para el ingreso al país. También podrá acredita su estadía con la reserva de un viaje organizado, con el itinerario.
  • Pasaje del viaje de vuelta o del circuito turístico.
  • Deberá acreditar solvencia económica durante la estadía según lo dispuesto en la Orden PRE/1282 del día 10 de mayo de 2007, la cual fija 62.40 euros por día y por persona, en todo caso un mínimo de 561.60 euros por persona.

Requisitos por viajes de carácter profesional, político,  científico, deportivo o religiosos o por otros motivos, se le podrá exigir la presentación de lo siguiente:

  1. Invitación de la empresa o de la autoridad para la que fue invitado a participar en reuniones, convenciones, etc. ya sean de carácter comercial, industrial, deportivo, etc..
  2. Documento de acreditación de la existencia de las relaciones comerciales, industriales, deportivas, etc..
  3. Tarjetas de acceso a ferias, congreso, convenciones, etc..
  4. Invitaciones, tarjetas d entrada, reservas o programas con indicación, en la medida d lo posible, con el nombre del organismo que invita y la duración de la estadía o cualquier otro documento que indique el propósito de la visita.

Requisitos por viajes de estudios u otro tipo de formación se le podrá exigir la presentación de alguno de los siguientes documentos:

  1. Documento de matrícula de un centro de enseñanza para participar en cursos prácticos y teóricos de formación.
  2. Certificados relativos a los cursos que sigue.

No encontrarse alguna prohibición de entrada al país. Inscripto en el S.I.S. o en el Registro Nacional, son causas de prohibición al país:

  1. Si ya fue expulsado o devuelto por España a algún Estado Schengen.
  2. Tener prohibida la entrada de forma expresa por actividades contrarias a los intereses de España o a los derechos humanos o por su notoria conexión con organizaciones delictivas
  3. si se encuentra reclamado internacionalmente por causas criminales.

No haber agotado 3 meses de estadía en los anteriores 6 meses que se cuentan desde la fecha de la anterior entrada

2 comentarios en “Requisitos para ingresar a España”

  1. Primeramente les estoy agradecida por vuestra página tan interesante y explicativa. Lo que les pido si por favor pueden incorporar la planilla de Excel para liquidar sueldos con el acuerdo salarial s/Resol. 570/2009 Empleados de Comercio ya que me es muy útil para entender como se debe aplicar.
    Desde ya muy agradecida y los saluda atte.

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