Como sabemos en los meses de marzo y de septiembre de cada año por la Ley de Movilidad Jubilatoria se incrementan las jubilaciones y pensiones que paga la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, y como consecuencia se incrementan los montos a pagar por los trabajadores autónomos y el tope que deberán tener en cuenta los empleadores para realizar los aportes y contribuciones de la seguridad social sobre las remuneraciones de sus trabajadores en relación de dependencia.
La Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, estableció los topes a tener en cuenta por los empleadores para realizar los aportes y contribuciones de los trabajadores en relación de dependencia sobre el sueldo devengado del mes de septiembre de 2011:
| Topes de la Seguridad Social Trabajadores en Relación de Dependencia Septiembre 2011 | ||
| Categorías | Base Imponible Mínima | Base Imponible Máxima |
| Aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino, Ley Nº 24.241 | $ 498,89 | $ 16.213,72 |
| Aportes al Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Ley Nº 19.032. | ||
| Aportes al Régimen Nacional de Obras Sociales, Ley Nº 23.660. | ||
| Aportes al Régimen Nacional del Seguro de Salud, Ley Nº 23.661. | ||
| Cuotas Ley Riesgos del Trabajo, Ley Nº 24.557. | $ 498,89 | $ 16.213,72 |
| Contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino, Ley Nº 24.241. | $ 498,89 | Sin Límite Máximo |
| Contribuciones al Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Ley Nº 19.032. | ||
| Contribuciones al Régimen Nacional de Obras Sociales, Ley Nº 23.660. | ||
| Contribuciones al Régimen Nacional del Seguro de Salud, Ley Nº 23.661. | ||
| Contribuciones al Fondo Nacional de Empleo, Ley N° 24.013. | ||
| Contribuciones al Régimen de Asignaciones Familiares, Ley N° 24.714. | ||
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