El mes de junio de 2025 contará con dos feriados nacionales inamovibles que conmemoran el legado de próceres fundamentales para la historia argentina: el lunes 16, en honor al General Don Martín Miguel de Güemes, y el viernes 20, por el General Manuel Belgrano. Como resultado de ello, habrá una semana con solamente tres días hábiles.
Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes
El lunes 16 de junio se conmemora el Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes, una figura central en la defensa del norte argentino durante las guerras por la independencia. Gracias a su liderazgo, se logró frenar el avance realista, especialmente en Salta y Jujuy, fortaleciendo la lucha por la emancipación.
Este feriado es inamovible, por lo que no se traslada a otra fecha. De este modo, garantiza una jornada de homenaje nacional, especialmente en el noroeste del país, donde Güemes es ampliamente reconocido como héroe popular.
Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
El viernes 20 de junio es feriado nacional por el Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano, creador de la bandera argentina. Esta fecha es también una de las más representativas del calendario escolar, ya que en muchas provincias se realizan actos y promesas de lealtad a la bandera por parte de estudiantes.
Este feriado no se trasladará, ya que también está considerado inamovible. Por esta razón, se conformará un fin de semana largo que favorecerá el turismo interno y permitirá a muchas familias organizar actividades recreativas o viajes.
Forma de liquidación de feriados nacionales
Es esencial conocer cómo se aplica la legislación laboral durante los feriados nacionales. En primer lugar, todos los trabajadores que prestan tareas en estas fechas deben recibir el pago doble de su jornada habitual, tal como lo establece la Ley de Contrato de Trabajo.
En segundo lugar, si el trabajador no se presenta a trabajar por tratarse de un feriado nacional, su remuneración no debe verse afectada. Es decir, la jornada se paga como si hubiera sido laborada, sin descuentos.
Además, es importante aclarar que no es lo mismo un feriado que un día no laborable. En los feriados, el descanso es obligatorio para todos los sectores. En cambio, los días no laborables dependen de la decisión del empleador, y si se trabajan, se pagan de manera común.
Esta diferencia se hizo más visible a partir del Decreto 1027/2024, que eliminó los feriados puente con fines turísticos y los reemplazó por días no laborables.