La Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (Upacp) recordó que en junio corresponde el pago del Sueldo Anual Complementario (SAC) al personal del servicio doméstico. El aguinaldo es un derecho de todos los trabajadores del sector, registrados o no, y debe ser abonado por los empleadores antes del 30 de junio de 2025.
Cálculo del aguinaldo en el servicio doméstico
El aguinaldo del servicio doméstico se determina como el 50% del mejor sueldo mensual cobrado entre enero y junio de 2025. Se deben incluir todos los conceptos remunerativos: sueldo básico, antigüedad y zona desfavorable, si correspondiera.
Asimismo, si el trabajador no prestó servicios durante todo el semestre, corresponde efectuar un cálculo proporcional en base a los meses efectivamente trabajados en ese período.
Es importante destacar que este derecho alcanza a todo el personal del servicio doméstico, más allá de si la relación se encuentra o no formalmente registrado ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Escala salarial vigente del servicio doméstico
Actualmente, los sueldos básicos del servicio doméstico continúan congelados desde enero, ya que la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (Cntcp) no convocó nuevas reuniones paritarias. En consecuencia, la escala salarial vigente en junio de 2025 sigue siendo la homologada mediante la Resolución 1/2025:
- Supervisores: Con retiro, $3.454 por hora y $430.878 por mes. Sin retiro, $3.783 por hora y $479.950 por mes.
- Personal para tareas específicas: Con retiro, $3.270 por hora y $400.310 por mes. Sin retiro, $3.585 por hora y $445.613 por mes.
- Caseros: $3.089 por hora y $390.567 por mes.
- Asistencia y cuidado de personas: Con retiro, $3.089 por hora y $390.567 por mes. Sin retiro, $3.454 por hora y $435.246 por mes.
- Personal para tareas generales del servicio doméstico: Con retiro, $2.863 por hora y $351.233 por mes. Sin retiro, $3.089 por hora y $390.567 por mes.
Pagos adicionales
Al momento de liquidar el aguinaldo o el salario mensual, los empleadores deben incluir dos conceptos adicionales establecidos por la legislación laboral vigente.
En primer lugar, corresponde abonar un adicional por antigüedad, el cual equivale al 1% del salario por cada año trabajado desde septiembre de 2020. Este monto debe figurar claramente en el recibo de haberes.
Además, si el empleado del servicio doméstico presta tareas en una zona considerada como desfavorable, debe percibir un 30% extra sobre el sueldo básico. Esta condición aplica a quienes se desempeñan en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, así como también en el partido de Patagones, en la provincia de Buenos Aires.