En los últimos días surgieron numerosas consultas sobre los requisitos para el cobro de la Asignación Universal por Hijo (AUH). Por ello, desde EconoBlog aclaramos que el tope de ingresos para acceder a esta prestación está establecido en el Decreto 1602/2009, normativa que dio origen al beneficio liquidado por Anses.
Tope de ingresos para la AUH
El artículo 2° del Decreto 1602/2009 indica que quedan excluidos del cobro de la AUH los trabajadores de la economía informal cuyos ingresos mensuales superen el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). Esto significa que está destinada exclusivamente a hogares con ingresos limitados que no superen ese umbral salarial.
De acuerdo a lo establecido por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, el límite de ingresos es de $317.800 en julio de 2025 y subirá a $322.000 en agosto.
El objetivo de este tope es garantizar que la AUH llegue efectivamente a quienes la necesitan. Por eso, Anses realiza un cruce de datos con otros organismos para verificar los ingresos y determinar la compatibilidad de la prestación.
Es importante no confundir dicho límite con el del SUAF, sistema usado para liquidar asignaciones familiares a trabajadores registrados. En dicho caso, el tope individual es de $2.278.357 y el del grupo familiar de $4.556.714 en julio.
Excepción para los trabajadores de casas particulares
Una de las principales dudas sobre el tope de ingresos de la AUH está vinculada a los trabajadores de casas particulares. En estos casos, es importante aclarar que dicho límite no se aplica. Esto se debe a que sus remuneraciones mínimas no se rigen por el SMVM, sino que están establecidas por la escala salarial del sector.
Por esta razón, Anses no toma en cuenta el SMVM para evaluar el acceso de empleados domésticos a la AUH.