Esta mañana, la Doctora Tamara Bezares despejó dudas de televidentes de Crónica HD. Al hacerlo, dejó en claro que no es posible testar una jubilación o pensión. La Anses otorga el beneficio previsional por fallecimiento exclusivamente al cónyuge o conviviente, o a los hijos menores de 18 años o con discapacidad sin límite de edad.
Pensión derivada de Anses
Ante el fallecimiento de un jubilado, tiene derecho a tramitar una pensión derivada en Anses el cónyuge o conviviente, este último debe acreditar una convivencia mínima de cinco años previos al deceso. Sin embargo, ese lapso se reduce a dos años si existían hijos reconocidos por ambos convivientes.
Asimismo, los hijos menores de 18 años o con discapacidad pueden acceder a una pensión por fallecimiento sin restricción de edad.
Este beneficio de Anses solo se aplica sobre haberes contributivos. Es decir, no corresponde en casos de fallecimiento de un beneficiario con pensión no contributiva (PNC) o pensión universal para el adulto mayor (PUAM).
Recientemente, el Gobierno de Javier Milei habilitó la tramitación de la pensión derivada por Internet. De esta forma, se agiliza el acceso al beneficio previsional. Su trámite se hace desde la plataforma Mi Anses usando la clave de la seguridad social debiendo presentar el acta de fallecimiento, Documento Nacional de Identidad (DNI) del solicitante y, en caso de requerir, documentación que acredite el vínculo o la condición de discapacidad.
Los bienes pueden ser testados
La doctora Tamara Bezares a informó que, si el jubilado o pensionado no tiene herederos forzosos, puede dejar un testamento para disponer sus bienes. Pero si existen herederos, el testamento debe respetar la legítima, la cual es de dos tercios del patrimonio para los hijos.
Esto quienes decir que los bienes sí pueden formar parte de un testamento pero no una jubilación o pensión.