Aplicando una vacuna

Presupuesto 2026 propone sacar IVA a las vacunas y medicamentos

El Proyecto del Presupuesto 2026 propone sacar el IVA a vacunas y medicamentos pero elimina exenciones para medios de comunicación.

El proyecto de Presupuesto 2026 enviado por el Gobierno al Congreso introduce cambios significativos en materia tributaria. Entre los puntos más destacados, se propone la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para vacunas, medicamentos e insumos médicos. Asimismo, se eliminan beneficios fiscales vigentes para medios de comunicación.

Estas modificaciones forman parte del capítulo X del Presupuesto 2026. En él se que plantea una reorganización impositiva que también alcanza al impuesto sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono, con impactos directos sobre sectores estratégicos.

Cambios en el IVA en el Presupuesto 2026

El Artículo 63 del Presupuesto 2026 establece la exención del IVA para la importación de vacunas y descartables. La medida también abarca a medicamentos vinculados al tratamiento del VIH, Hepatitis Virales, Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) y Tuberculosis. Dicha medida es en línea con lo previsto en la Ley 27.675.

Por otro lado, el Artículo 64 modifica el régimen actual de exención para el sector editorial. El nuevo texto limita el beneficio solo a libros, folletos e impresos similares, dejando afuera a diarios, revistas y publicaciones periódicas, tanto en formato impreso como digital. También se propone eliminar la exención del IVA a las suscripciones de portales de noticias en línea, lo que impactaría de forma directa en los costos para lectores y empresas de medios.

En paralelo, el Artículo 67 del Presupuesto otorga a imprentas y editoriales de libros el derecho a solicitar reintegros del saldo de crédito fiscal acumulado. Dicho punto es conforme al artículo 43 de la Ley de IVA, como mecanismo de compensación.

Otros cambios fiscales

El proyecto de ley del Presupuesto también propone nuevas disposiciones sobre impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono. Según el Artículo 68, durante todo 2026, se exime del tributo a las importaciones de gasoil y Diesel oil destinadas a la generación eléctrica. Se autoriza un volumen máximo de hasta un millón de metros cúbicos, con la obligación de remitir informes trimestrales al Congreso.

Asimismo, el Artículo 69 introduce un régimen especial para la reorganización societaria de centrales termoeléctricas, como las de Manuel Belgrano y Timbúes, permitiendo que las transferencias de activos bajo fideicomiso se consideren reorganizaciones válidas a efectos del Impuesto a las Ganancias, siempre que Energía Argentina S.A. mantenga la mayoría accionaria.

Para su aplicación, el Presupuesto 2026 debe ser aprobado por ambas cámaras del Congreso. Su entrada en vigencia será al mes siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.

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