Cuaderno de AGIP

Nueva moratoria de AGIP con quita total de intereses

La Ciudad de Buenos Aires habilitó la nueva moratoria de AGIP, la cual permite regularizar deudas con quita total de intereses.

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) puso en marcha un nuevo régimen de regularización fiscal que permite a los contribuyentes porteños saldar sus deudas tributarias. Por un plazo de 90 días, la moratoria contempla condonaciones de hasta el 100% de intereses para quienes se adhieran de forma temprana.

Esta moratoria alcanza a todos los tributos bajo la órbita de AGIP, incluidos Ingresos Brutos, Patente Automotor y ABL. Sin embargo, las obligaciones debieron haber vencido antes del 31 de agosto de 2025.

Además, aplica tanto a deudas en sede administrativa como en instancia judicial. Por ello, se convierte en una herramienta clave para una amplia gama de contribuyentes.

Beneficios de la nueva moratoria de AGIP

El plan de pagos de AGIP, creado mediante la Ley 6.842 y reglamentado por la Resolución 461/2025, contempla hasta 48 cuotas y permite una condonación total de intereses resarcitorios y punitorios para quienes adhieran dentro de los primeros 30 días y abonen al contado. Luego de ese plazo, la quita será progresiva según el momento de adhesión y la modalidad de pago.

En el caso de deudas judicializadas, es necesario que se abonen los honorarios y costas correspondientes. Como contrapartida, AGIP suspende la acción penal y, en caso de cancelación total, esta se extingue.

Un aspecto clave a tener en cuenta es que los pagos deberán hacerse exclusivamente en efectivo. No se permitirá el uso de saldos a favor ni otras formas de compensación. Por otra parte, si se incumplen dos cuotas consecutivas o alternadas, y transcurren 60 días sin regularización, el plan caducará automáticamente.

Exclusiones y restricciones

La moratoria de AGIP no incluye a los agentes de recaudación, a personas declaradas en quiebra sin continuidad de explotación ni a quienes ya estén adheridos a planes de facilidades vigentes al 31 de agosto con condonación o quita de intereses. También quedan fuera las personas condenadas por delitos previstos en el Régimen Penal Tributario o por delitos contra la administración pública de la Ciudad.

Los contribuyentes interesados pueden consultar el detalle de los requisitos y acceder al trámite desde el sitio oficial de AGIP. Allí también encontrarán tutoriales paso a paso para realizar la adhesión online.

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