Topes de cuotas del fondo de desempleo

Nuevos topes de Anses para el fondo de desempleo hasta agosto de 2026

Información sobre los nuevos topes de Anses para las cuotas del fondo de desempleo hasta agosto de 2026 por suba del salario mínimo.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) actualizará los montos mínimos y máximos del fondo de desempleo. Esta actualización se vincula al aumento escalonado del salario mínimo, vital y móvil establecido por el Gobierno de Javier Milei hasta el mes de agosto de 2026.

El fondo de desempleo se calcula tomando el 75% del salario mensual promedio que el trabajador percibió durante los últimos seis meses de la relación laboral. No obstante, este monto tiene límites, no puede ser inferior al 50% ni superior al 100% del salario mínimo vigente.

Topes de la cuota del fondo de desempleo

La Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social oficializó la suba del salario mínimo mediante la Resolución 9/2025, publicada el día de la fecha en el Boletín Oficial. Como resultadod e la misma, los nuevos topes a la cuota del fondo de desempleo que regirán mes a mes serán los siguientes:

  • Noviembre de 2025: $164.200 (mínimo) / $328.400 (máximo).
  • Diciembre de 2025: $167.400 (mínimo) / $334.800 (máximo).
  • Enero de 2026: $170.500 (mínimo) / $341.000 (máximo).
  • Febrero de 2026: $173.400 (mínimo) / $346.800 (máximo).
  • Marzo de 2026: $176.200 (mínimo) / $352.400 (máximo).
  • Abril de 2026: $178.900 (mínimo) / $357.800 (máximo).
  • Mayo de 2026: $181.500 (mínimo) / $363.000 (máximo).
  • Junio de 2026: $183.900 (mínimo) / $367.800 (máximo).
  • Julio de 2026: $186.200 (mínimo) / $372.400 (máximo).
  • Agosto de 2026: $188.300 (mínimo) / $376.600 (máximo).

Requisitos para solicitar el beneficio en Anses

La Anses otorga el fondo de desempleo a trabajadores despedidos sin justa causa que se encontraban registrados bajo relación laboral formal. Para acceder al beneficio es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar desempleado por despido sin causa, quiebra del empleador o finalización de contrato.
  • Contar con al menos 6 meses de aportes al sistema en los últimos 3 años anteriores al cese laboral. Sin emnbargo, en caso de empleados eventuales y de temporada, el fondo de desempleo requiere haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año.
  • No haber accedido a una jubilación o pensión contributiva.
  • No tener ingresos provenientes de otro empleo registrado ni ser monotributista.

Es importante iniciar el trámite del fondo de desempleo en Anses dentro de los 90 días hábiles posteriores al despido. De lo contrario, se pierde un día de prestación por cada día hábil de demora.

La soicitud del fondo de desempleo debe hacerse en la oficina de Anses más cercana con turno. También puede llevarse adelante mediante el portal del organismo previsional.

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