Niño con hambre

Restringieron la venta de autos e inmuebles a deudores alimentarios

La Ciudad de Buenos Aires implementa nuevas restricciones en la venta de autos e inmuebles para deudores alimentarios porteños.

La Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) aplicó nuevas restricciones a los deudores alimentarios. Dicha medida afecta a quienes figuran en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (RDAM), impidiendo que puedan vender autos o inmuebles sin antes saldar sus obligaciones judiciales.

Estas disposiciones se suman a otras ya implementadas por el Gobierno Porteño. Por ejemplo, los deudores morosos no pueden ingresar a espectáculos masivos, como partidos de fútbol, recitales y eventos culturales.

Endurecimiento de las sanciones a los deudores alimentarios

Los cambios fueron establecidos con la sanción de la Ley 6.845, que modifica el funcionamiento del Registro de Deudores Alimentarios Morosos. Esta normativa actualiza la Ley 269 para reforzar el cumplimiento de las cuotas alimentarias.

A partir de ahora, la sola inclusión en el registro conlleva automáticamente la anotación en el Registro de Anotaciones Personales del Registro de la Propiedad Inmueble (RPI). De esta forma, cualquier operación que requiera un informe registral dejará en evidencia la situación del deudor.

Esto significa que no será necesario presentar un oficio judicial para que la deuda alimentaria figure en los informes. Asimismo, la baja de los deudores alimentarios del registro también se reflejará de manera automática.

Nueva obligación de notificación al juzgado

Uno de los puntos clave de la ley es la incorporación del artículo 14 bis. Esta disposición establece que, cuando se detecte una deuda alimentaria en un informe registral, será obligatorio notificar al juzgado antes de concretar la operación. Además, el juez podrá ordenar la retención de fondos para asegurar el pago de la deuda.

Esta obligación no solo alcanza a la venta de inmuebles. También aplica a cualquier acto que requiera certificados del Registro de Anotaciones Personales, como la cesión de derechos o la modificación de garantías reales.

La normativa representa un nuevo desafío para los profesionales del derecho y escribanía. Ya no podrán avanzar en una operación si detectan una anotación por deuda alimentaria, sin antes cumplir con el protocolo judicial.

Seguinos en WhatsApp