La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) oficializó la actualización de los montos del SUAF para trabajadores rurales en febrero de 2026. Al hacerlo, mantuvo la equiparación del monto de la prestación por hijo con el de la Asignación Universal por Hijo (AUH).
Igualdad con la AUH para trabajadores rurales
La política de equiparación entre la AUH y el SUAF rural fue impulsada ante la dificultad de empleadores del sector para contratar trabajadores temporarios o estacionales. La medida fue establecida con el Decreto 514/2021 y prorrogada por el Decreto 777/2025.
Gracias al aumento del 2,85% establecido por la Resolución 23/2026, la asignación por hijo del SUAF para empleados rurales subió a $129.096, mientras que el monto por hijo con discapacidad se elevó a $420.354.
Al tratarse de prestaciones bajo el SUAF, no es necesario presentar la Libreta de AUH. Sin embargo, los trabajadores rurales deben acreditar anualmente la condición de alumno regular de los hijos para cobrar la ayuda escolar.
Además de actualizar los valores de las asignaciones, Anses ajustó los límites de ingresos para recibir las mismas. Por esta razón, el nuevo tope individual es de $2.646.379 y el familiar es de $5.292.758.
Regiones en las que Anses paga un plus por zona desfavorable del SUAF
- 1: Provincias de Río Negro, La Pampa y Neuquén; en los Departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa; Departamento Las Heras (Distrito Las Cuevas); Departamento Luján de Cuyo (Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas); Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara, Zapata, San José, Anchoris); Departamento Tunuyán (Distrito Los Arboles, Los Chacayes, Campo de Los Andes); Departamento San Carlos (Distrito Pareditas); Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Venegas); Departamento Malargüe (Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua Escondida); Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra, Lumlunta, Las Barrancas); Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador, Los Campamentos, Los Arboles, Reducción, Medrano) en Mendoza; Orán (excepto la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su éjido urbano) en Salta.
- 2: Provincia del Chubut.
- 3: Departamento Antofagasta de la Sierra (actividad minera) en Catamarca; Departamentos Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi en Jujuy; Departamentos Los Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la ciudad de Tartagal y su éjido urbano) en Salta.
- 4: Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
- Valor general: Todas las regiones que no estén comprendidas en las zonas 1, 2, 3 y 4 del SUAF.
Este plus por zona desfavorable pagado por Anses al SUAF es exclusivo para quienes cobran por cuenta bancaria, ya que no se liquida a quienes utilizan billeteras virtuales.


