Beneficiario de PNC leyendo en Anses

Nuevos requisitos de la Pensión no Contributiva por Discapacidad

El Gobierno estableció los nuevos requisitos de la Pensión no Contributiva por Discapacidad para la Protección Social de la Anses.

Con la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad, el Gobierno definió nuevos requisitos para acceder y conservar la Pensión no Contributiva por Discapacidad para la Protección Social. Es importante recordar los mismos para no perder el pago de la Anses.

La nueva pensión no contributiva por discapacidad para la protección social es equivalente al 70% de la jubilación mínima. Por ello, no habrán cambios en el monto del beneficio.

Requisitos para acceder a la Pensión no Contributiva por Discapacidad

Según los Anexos I y II del Decreto 84/2026, las personas que soliciten la Pensión no Contributiva por Discapacidad deben:

  • Tener una discapacidad que limite de forma permanente su capacidad laboral, acreditada mediante el Certificado Único de Discapacidad (CUD). Es decir, ya no se requerirá el 66% de invalidez laboral.
  • No percibir otros beneficios previsionales.
  • Cumplir con una evaluación socioeconómica.
  • No superar el tope de ingresos fijado en dos salarios mínimos, vitales y móviles. Con lo cual, dicho límite es de $693.600 en febrero de 2026.

Además, quienes ya contaban con una pensión no contributivas por invalidez otorgada antes de la Ley 27.793 serán incorporados de oficio al nuevo régimen. No obstante, previamente se verificará el cumplimiento de los nuevos requisitos.

Obligaciones de los beneficiarios

Los titulares de la Pensión no Contributiva por Discapacidad y sus apoderados deben:

  • Presentar declaraciones juradas e informes cuando lo solicite la Secretaría Nacional de Discapacidad.
  • Comunicar dentro de los 15 días hábiles cualquier cambio en su salud, situación económica o domicilio.
  • Participar en las auditorías e inspecciones que se dispongan.

La omisión de estas obligaciones puede llevar a la suspensión del beneficio. Sin embargo, previamente a la suspensión de una pensión no contributiva se dará derecho a réplica al titular.

Motivos de suspensión y caducidad

La prestación de Anses puede ser suspendida por:

  • Incumplimiento de las obligaciones del beneficiario.
  • Incomparecencia ante citaciones oficiales.
  • Percepción indebida de haberes.
  • Datos personales inconsistentes que impidan la notificación.

En tanto, la caducidad de la pensión no contributiva por discapacidad puede darse por:

  • Fallecimiento del beneficiario.
  • Renuncia o abandono del país.
  • Incompatibilidad con otras prestaciones.
  • Condena penal superior a tres años.
  • Falta de cobro durante tres meses consecutivos.

Se podrá solicitar la rehabilitación del beneficio en caso de suspensión o caducidad. Para ello será necesario acreditar nuevamente los requisitos exigidos. En caso de demostrar que la misma no procedía, Anses hará un pago retroactivo de la pensión no contributiva por discapacidad para la protección social.

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