La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó un nuevo esquema para la presentación del Impuesto a las Ganancias que apunta a reducir la carga administrativa. Esta medida forma busca fortalecer el cumplimiento voluntario mediante el uso de datos precargados y validados por el propio organismo.
Régimen de DDJJ Simplificada para Ganancias
El Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias está destinado a personas humanas y sucesiones indivisas.
A través de esta modalidad, el contribuyente accede a una liquidación confeccionada con información disponible en los sistemas oficiales y la aportada por terceros. Luego, puede revisarla, modificarla si corresponde y confirmarla antes de su envío definitivo a ARCA.
La DDJJ Simplificada de Ganancias se reglamentó con la Resolución General 5820 de ARCA, la cual reemplazó a la RG 5704 de AFIP. La actualización adecuó el procedimiento a los lineamientos de la Ley de Inocencia Fiscal y a lo dispuesto por el Decreto 93/2026.
Requisitos para adherir al régimen de ARCA
Podrán optar por la DDJJ Simplificada quienes sean residentes en el país y cumplan con los parámetros de ingresos y bienes totales previstos en la Ley 27.799 al cierre del año calendario anterior. Para validar la adhesión, ARCA realizará una serie de controles automáticos sobre la situación fiscal del contribuyente.
Entre los requisitos que serán verificados se encuentran los siguientes:
- Tener residencia fiscal en la Argentina.
- Cumplir con los límites de ingresos y bienes totales establecidos por la Ley 27.799 al 31 de diciembre del año anterior.
- Contar con CUIT activo, sin estados administrativos limitados.
- No estar incluido en el padrón de Grandes Contribuyentes Nacionales al 31 de diciembre del año inmediato anterior ni en los dos períodos fiscales previos.
- Poseer el alta vigente en el Impuesto a las Ganancias.
La adhesión se realiza mediante el servicio Sistema Registral de ARCA, opción Ganancias PH Simplificada. Este trámite puede efectuarse desde el primer día hábil del período fiscal y hasta el vencimiento general de la declaración jurada. A su vez, la permanencia en el régimen deberá ratificarse de manera anual bajo los mismos criterios.
Convalidación y exclusión
Aquellos contribuyentes que ya se hubieran adherido bajo la RG 5704 para el período fiscal 2025 deberán convalidar su opción. Esta instancia es obligatoria y permite acreditar el cumplimiento de los nuevos parámetros establecidos por la Ley de Inocencia Fiscal. El desistimiento, en cambio, puede realizarse en cualquier momento previo a la presentación.
La RG 5820 entró en vigencia el día de la fecha y será aplicable a las declaraciones juradas correspondientes al período fiscal 2025 y siguientes. ARCA habilitará el sistema el 11 de febrero de 2026 para efectuar adhesiones, convalidaciones o desistimientos.

