Titular del fondo de desempleo en Anses

Anses inició el pago de $341.000 del fondo de desempleo

La Anses comenzó con el pago del fondo de desempleo. El monto máximo de la cuota abonada en febrero de 2026 es de $341.000.

La Anses puso en marcha el cronograma de pagos del fondo de desempleo correspondiente a febrero de 2026. Esta prestación está dirigida a trabajadores registrados que perdieron su empleo por causas ajenas a su voluntad, como despidos sin justa causa o finalización de contrato.

El fondo de desempleo es una asistencia económica que busca acompañar al trabajador hasta su reinserción en el mercado laboral. Como es habitual, el calendario de pagos se organiza según la terminación del Documento Nacional de Identidad (DNI) del titular.

Fechas de pago del fondo de desempleo en febrero de 2026

Anses confirmó el siguiente cronograma de pagos para el fondo de desempleo en febrero:

  • 24/02/2026: DNI finalizados en 0 y 1.
  • 25/02/2026: DNI finalizados en 2 y 3.
  • 26/02/2026: DNI finalizados en 4 y 5.
  • 27/02/2026: DNI finalizados en 6 y 7.
  • 02/03/2026: DNI finalizados en 8 y 9.

Montos mínimo y máximo del fondo de desempleo

El monto del fondo de desempleo equivale al 75% del mejor salario percibido en los seis meses anteriores al despido. Sin embargo, la normativa establece límites mínimos y máximos vinculados al salario mínimo, vital y móvil.

Conforme a la Resolución 9/2025, los topes vigentes para la cuota que se paga en febrero de 2026 son de $173.400 como monto mínimo y $346.800 como monto máximo. Sin embargo, los pagos son a mes vencido por lo que los límites liquidados por Anses son $170.500 y $341.000, respectivamente.

Requisitos para acceder al beneficio de Anses

Para cobrar el fondo de desempleo de Anses es necesario cumplir ciertos requisitos. En primer lugar, el trabajador debe haber perdido su empleo por causas no imputables a su voluntad, ya sea por despidos sin justa causa, quiebras de la empresa o finalización de contratos a plazo fijo. Es decir, no se paga por renuncia.

Además, es obligatorio presentar la documentación que acredite la desvinculación laboral, como el telegrama de despido o el certificado de servicios.

También se debe solicitar el fondo de desempleo dentro de los 90 días hábiles posteriores al cese laboral. En caso de superar ese plazo, Anses descuenta una cuota por cada día de demora.

La gestión puede realizarse a través de Mi Anses con CUIL y Clave de la Seguridad Social o de manera presencial en una oficina del organismo con turno previo.

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