Trabajador

Capital Humano anunció que entra en plena vigencia la reforma laboral

El Ministerio de Capital Humano anunció que entra en plena vigencia la reforma laboral debido a que la Justicia rechazó la cautelar de la CGT.

El Ministerio de Capital Humano informó que la reforma laboral vuelve a entrar en plena vigencia luego de una resolución judicial que dejó sin efecto la cautelar presentada por la CGT. De esta manera, se empieza a aplicar la normativa impulsada por el Gobierno Nacional y aprobada por el Congreso.

Capital Humano difundió un comunicado recalcando que el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N° 12 anuló la medida cautelar que había sido dispuesta previamente por el Juzgado Nacional del Trabajo N° 63. Dicha resolución había suspendido 81 artículos de la reforma laboral.

Además, el ministerio a cargo de Sandra Pettovello sostuvo que la Justicia entendió que no estaban reunidos los requisitos legales necesarios para mantener vigente la cautelar impulsada por la CGT, fruto por la cual se habían suspendido 81 artículos.

La reforma laboral fue promulgada mediante el Decreto 137/2026, que promulgó la Ley 27.802.

Principales cambios de la reforma laboral que vuelven a tener vigencia

Cambios de la reforma laboral en indemnizaciones y juicios laborales

Uno de los principales puntos de la reforma laboral es la modificación del cálculo indemnizatorio. A partir de la nueva normativa, se excluyen conceptos no mensuales como aguinaldo, bonos y vacaciones.

Asimismo, las sentencias laborales pasan a actualizarse por inflación más un interés anual del 3%. Además, las empresas podrán abonar determinadas condenas judiciales en cuotas.

En paralelo, la reforma laboral crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema alternativo destinado a colaborar con el pago de indemnizaciones.

Banco de horas y vacaciones

La Ley de Modernización Laboral también incorpora el denominado banco de horas. Este esquema permite compensar jornadas extensas con días de descanso o reducción horaria. No obstante, se deben respetar 12 horas de descanso entre jornadas y 35 horas de descanso semanal.

Por otra parte, las vacaciones podrán fraccionarse en períodos mínimos de siete días, algo que hasta ahora no contemplaba la legislación laboral vigente. Además, la reforma laboral establece que, al menos, una vez cada tres años deben otorgarse en verano.

Cambios sindicales y derecho a huelga

Otro de los puntos más debatidos de la reforma laboral es la ampliación de los servicios esenciales. En consecuencia, determinadas actividades deberán garantizar un funcionamiento mínimo durante medidas de fuerza.

Además, la normativa elimina la ultraactividad de los convenios colectivos, lo que implica que dejarán de mantenerse vigentes automáticamente tras su vencimiento.

A su vez, se introducen cambios en las asambleas sindicales y en la negociación colectiva dentro de las empresas.

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