Jubilada contenta

ARCA no apelará nuevos fallos que eximen de Ganancias a jubilados

La ARCA decidió no apelar nuevos fallos que eximen del pago del Impuesto a las Ganancias a jubilados y pensionados.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) resolvió modificar su estrategia judicial. Por ello, dejará de apelar los fallos favorables a jubilados y pensionados que cuestionan el cobro del Impuesto a las Ganancias sobre sus haberes previsionales.

El Gobierno formalizó la decisión de no apelar fallos a favor de jubilados a por medio de la Instrucción General 4/2026 de la Subdirección General de Asuntos Jurídicos. A través de ese documento, ARCA ordenó que los representantes fiscales no presenten nuevos recursos ante la Corte Suprema, lo cual se venía haciendo desde 2019.

Fallo de la Corte Suprema que cambió el criterio

La nueva postura de ARCA tiene como antecedente principal  un fallo dictado por la Corte Suprema el 26 de marzo de 2019. En esa sentencia, el tribunal declaró la inconstitucionalidad del cobro de Ganancias sobre jubilaciones en determinadas situaciones de vulnerabilidad.

El caso correspondía a una jubilada de 79 años con problemas de salud. Según constaba en el expediente, las retenciones representaban entre el 29,33% y el 31,94% de sus ingresos previsionales.

Los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco consideraron que el tributo vulneraba principios constitucionales vinculados con la igualdad y la protección de sectores vulnerables.

En el fallo, la Corte Suprema sostuvo que el envejecimiento y la discapacidad generan mayores necesidades económicas. Por esa razón, entendió que esos factores deben contemplarse al momento de definir la carga tributaria sobre jubilados y pensionados.

Asimismo, el tribunal ordenó devolver las sumas retenidas en concepto de Ganancias desde la presentación de la demanda.

Desde entonces, la Corte Suprema continuó rechazando apelaciones del Estado en casos similares vinculados al Impuesto a las Ganancias sobre haberes previsionales. Incluso, el tribunal consideró que las modificaciones introducidas mediante la Ley 27.617 no resolvieron el problema de fondo.

Qué cambiará para ARCA y los jubilados

Con la nueva instrucción, ARCA determinó que sus representantes no deberán presentar recursos extraordinarios ni recursos de queja ante la Corte Suprema cuando existan fallos favorables a jubilados en este tipo de reclamos.

La medida también alcanza a expedientes que todavía se encuentran en trámite. En esos casos, el organismo deberá desistir de continuar con las apelaciones ya iniciadas que aún no fueron tratadas.

El documento firmado el 15 de mayo por Gustavo Heber Paturlannes, subdirector general de Asuntos Jurídicos de la entonces AFIP, señala que la decisión se fundamenta en la sostenida jurisprudencia del máximo tribunal desde el mencionado precedente.

Por ese motivo, ARCA instruyó a sus áreas jurídicas para adecuar la gestión judicial a la doctrina vigente mientras no exista un cambio de criterio de la Corte Suprema o una nueva ley aprobada por el Congreso.

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