La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aplicará una nueva actualización en el monotributo desde junio de 2026. Por ello, se ajustarán las cuotas mensuales, los topes de facturación y los parámetros que determinan la categoría de cada contribuyente dentro del régimen simplificado.
ARCA ajustará el monto de las cuotas del monotributo en el marco del mecanismo de actualización semestral previsto en la Ley 24.977.
Conforme a la normativa vigente, las escalas se ajustan tomando como referencia la inflación acumulada durante los últimos seis meses informada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (Indec).
Nuevas cuotas del monotributo desde junio de 2026
Las cuotas a pagar por monotributistas quedarán establecidas por ARCA de la siguiente manera:
- Categoría A: $42.386,74.
- Categoría B: $48.250,78.
- Categoría C
- Servicios: $56.501,85.
- Bienes: $55.227,06.
- Categoría D
- Servicios: $72.414,10.
- Bienes: $70.661,26.
- Categoría E
- Servicios: $102.537,97.
- Bienes: $92.658,35.
- Categoría F
- Servicios: $129.045,32.
- Bienes: $111.198,27.
- Categoría G del Monotributo
- Servicios: $197.108,23.
- Bienes: $135.918,34.
- Categoría H
- Servicios: $447.346,93.
- Bienes: $272.063,40.
- Categoría I
- Servicios: $824.802,26.
- Bienes: $406.512,05.
- Categoría J
- Servicios: $999.007,65.
- Bienes: $497.059,41.
- Categoría K
- Servicios: $1.381.687,90.
- Bienes: $600.879,51.
Las categorías A y B seguirán concentrando la mayor cantidad de contribuyentes adheridos al monotributo, debido a que agrupan a pequeños trabajadores independientes y emprendedores con menores niveles de facturación.
ARCA elevará los topes de facturación
Además de aplicar un aumento de cuotas, ARCA actualizará los límites máximos de ingresos brutos permitidos para permanecer en el monotributo. Como resultado de dicho ajuste, se evitarán exclusiones automáticas del régimen simplificado para pequeños contribuyentes.
Debido a ello, los nuevos topes anuales serán los siguientes:
- A: $10.277.988,13.
- B: $15.058.447,71.
- C: $21.113.696,52.
- D: $26.212.853,42.
- E: $30.833.964,37.
- F: $38.642.048,36.
- G: $46.211.109,37.
- H: $70.113.407,33.
- I: $78.479.211,62.
- J: $89.872.640,30.
- K: $108.357.084,05.
Gracias a este incremento, muchos pequeños contribuyentes podrán mantenerse dentro del monotributo.
Recategorización
La recategorización en el Monotributo se realiza dos veces por año y es obligatoria cuando los parámetros superan o quedan por debajo de los límites vigentes. Quienes no hagan el trámite pueden ser recategorizados de oficio por ARCA utilizando información disponible en sus sistemas fiscales.
Sin embargo, para determinar la categoría correspondiente, ARCA no solo analiza la facturación anual. También considera otros parámetros vinculados con la actividad económica:
- Superficie afectada a la actividad.
- Energía eléctrica consumida anualmente.
- Alquileres devengados.
- Precio unitario máximo para venta de bienes muebles.
Recordemos que la recategorización en el monotributo se debe hacer desde la página oficial de ARCA con Clave Fiscal.

