Este mes, la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social aumentó el salario mínimo, vital y móvil (SMVM) a $372.400 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa. Asimismo, el valor mínimo por hora para los empleados jornalizados se actualizó a $1.862.
El aumento corresponde al penúltimo tramo del cronograma de aumentos definido por el Gobierno Nacional con la Resolución 9/2025. Es decir, a las subas decretadas luego de que el Consejo del Salario Mínimo no lograra alcanzar un consenso entre representantes sindicales y empresariales.
Alcance del salario mínimo, vital y móvil
El salario mínimo, vital y móvil fija el ingreso básico para los empleados fuera de convenio colectivo. No obstante, su alcance excede el ámbito laboral.
Dicho piso salarial se utiliza como parámetro para determinar el acceso a distintos programas sociales y prestaciones administradas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). Entre los principales beneficios vinculados al mismo se encuentran:
- Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo: Los límites de ingresos equivalen al salario mínimo.
- Becas Progresar: Sus requisitos exigen ingresos familiares inferiores a tres veces el SMVM.
- Fondo de desempleo: Los topes mínimo y máximo se modifican automáticamente con cada actualización del piso salarial.
- Jubilaciones con 30 años de aportes efectivos: Tienen garantizado el 82% del salario mínimo.
Nuevos topes del fondo de desempleo
El monto del fondo de desempleo equivale al 75% de la mejor remuneración mensual neta percibida durante los últimos seis meses de la relación laboral. Sin embargo, el importe final nunca puede ser inferior ni superior a los topes establecidos por Anses.
Como indicamos anteriormente, la actualización del piso salarial ajusta la cuota que cobran los trabajadores despedidos sin causa. Desde julio de 2026, los nuevos límites son:
- Mínimo: $186.200, equivalente al 50% del salario mínimo.
- Máximo: $372.400, equivalente al 100% del salario mínimo.
EconoBlog recuerda que los trabajadores deben solicitar el beneficio dentro de los 90 días hábiles posteriores al despido. Si el trámite se inicia fuera de ese plazo, Anses descuenta un día de prestación por cada día hábil de demora.
Jubilados con aportes efectivos no recibirán un complemento
La Ley 24.241 garantiza que los jubilados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) con 30 años de aportes efectivos nunca cobren un haber menor al 82% del salario mínimo.
Con el nuevo ajuste de este mes, ese porcentaje asciende a $305.368. No obstante, la jubilación mínima es de $411.989,33 este mes. Es decir, el haber mínimo supera ampliamente el importe garantizado. Debido a ello, Anses no abonará un plus por el 82% móvil durante julio de 2026..

