Escritorio con logo de AFIP

Prepagas deberán Informar a la AFIP

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución Nº 3.270/2012, establece un nuevo régimen de información que deberán cumplir las empresas prestadoras de servicios de medicina prepaga cuando el plan de sus afiliados supere los$ 2.000. por mes a partir del día 1º de abril de 2012. El fisco hace tres años que viene implementando varios regímenes de información para obtener datos que luego utiliza en los cruces para determinar la fiscal de cada contribuyente. A partir del 1º de abril próximo las Medicinas Prepagas deberán informar a la AFIP los datos de los que pagan cuotas superiores a los $2.000.- por mes. La normativa indica que: «Las prepagas deberán suministrar a la AFIP, mensualmente, el nombre y […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución Nº 3.270/2012, establece un nuevo régimen de información que deberán cumplir las empresas prestadoras de servicios de medicina prepaga cuando el plan de sus afiliados supere los$ 2.000. por mes a partir del día 1º de abril de 2012. El fisco hace tres años que viene implementando varios regímenes de información para obtener datos que luego utiliza en los cruces para determinar la fiscal de cada contribuyente.

A partir del 1º de abril próximo las Medicinas Prepagas deberán informar a la AFIP los datos de los que pagan cuotas superiores a los $2.000.- por mes.

La normativa indica que:

«Las prepagas deberán suministrar a la AFIP, mensualmente, el nombre y apellido de sus afiliados, el documento de identidad, el domicilio, datos descriptivos del vínculo entre la empresa y el titular, el valor de la cuota y la cantidad de beneficiarios del plan».

El carácter de esta medida es  obligatorio, por lo tanto las compañías que no cumplan con el suministro de la información a la AFIP serán debidamente sancionadas.

El fisco incorpora este otro nuevo régimen de información  con el propósito de obtener datos que manifiesten consumos en sujetos con determinada capacidad contributiva. Se suma a los ya implementados como el de los gastos de las tarjetas de crédito y débito y los colegios privados.

Las empresas de Medicina Prepagas para cumplir con esta obligación deberán utilizar el nuevo programa aplicativo denominado “AFIP-DGI-Régimen Informativo de Cuotas de Medicina Prepaga-Versión1.0” el cual genera el Formulario Declaración Jurada F918.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *