La liquidación para los Empleados de Comercio encuadrados dentro del Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75, a partir de este mes se simplifica debido a que no existen las Sumas no Remunerativas y se deben utilizar los básicos que se bajan directamente de las planillas del sindicato, que las encontramos haciendo clic aquí, bajo la denominación “Escalas Salarial junio 2011- Abril 2012”. Publicamos una planilla Excel para simplificar la liquidación de sueldos y jornales del mes de abril de 2012.
Para utilizar la planilla Excel y liquidar a los Empleados de Comercio en el mes de abril de 2012, recomendados previamente bajarla a la computadora y en el caso de no coincidir con los ejemplos liquidados se deberán modificar sólo unas celdas determinadas.
El ejemplo liquidado en la planilla corresponde a un Empleado de Comercio con Categoría Administrativo “A” con tres (3) años de antigüedad y solamente en los casos cuando lo que se debe liquidar no concuerde con los datos mencionados, se deberán modificar las celdas a cambiar. Tener en cuenta:
- Celda E-12 corresponde al básico de la categoría que se puede obtener de AQUI.
- Celda C-12 corresponde la categoría del trabajador.
- Celda C-13 corresponde poner la cantidad de años de Antigüedad en la Empresa.
Como podrán ver el procedimiento es muy fácil y no se requiere tener mayores conocimientos en liquidación de Sueldos y Jornales, solamente debe tener en cuenta que debe bajar los básicos de la página Web del sindicato FACEyS, “Escalas Salarial junio 2011- Abril 2012”, para modificar la celda E-12.
Quedamos a la espera de su comentario o consulta para saber si la planilla Excel publicada te es de utilizad y fácil manejo.
Bajar Planilla Excel Liquidación Empleados de Comercio mes de Abril de 2012.
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hola, en la empresa que trabajo nunca me pagaron la antiguedad, ya hace 8 años que estoy ahí. puede ser que este bien lo que hacen?. muchas gracias!
matias
Desde el año 2010 se comenzo a pagar la antigüedad en rubro separado
Hola graciela.
te queria hacer una consulta,yo tube un accidente y a la hora de hacerme la liquidacion mensual no me incluian la antiguedad,esta bien eso?
horacio
Te pagan lo que el empleador dice que te tienen que pagar por el Formulario 931
Hola! empecé a trabajar el 26 de diciembre de 2011, o sea van a ser 5 meses. a partir de cuando me corresponde el aumento que le van a dar a los empleados de comercio?
Maria
Hay que esperar que salga a ver que dice
hola. una consulta: tengo una amiga que trabajo 5 años en una empresa renuncio por 5 meses y volvió. la antigüedad que le computan es desde el ultimo inicio. me parece que los cinco años anteriores deberian computarse? porque si es asi, le estan computando 23 y tendria que ser 28.esto incluye que le han computado tambien de menos las vacaciones.
es asi?
ROMINA
Si la antiguedad se acumula
Graciela, como siempre muchas gracias por tus prontas respuestas. Estuve pegando una miradita en, ABC – Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas de AFIP y en las ocnsultas de SICOSS leyendo el evento 2965 parecería que sería obligatorio que utilice la versión SICOSS 36 a partir del 01-06 o sea que podría seguir por este mes con la versión que tengo. No es que no quiera actualizarla pero me parece que tiene algunos cambios en porcentajes de contribuciones, no se si estoy en lo cierto.
Espero tu interpretación
Saludos