Computadora con logo de AFIP

AFIP: Guía para Recategorizarse en el Monotributo año 2012

Los Monotributistas deberán recategorizarse antes del próximo lunes 21 de mayo de 2012, según los parámetros dispuestos por la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP. Las recategorizaciones son cuatrimestrales, por ende existen Tres (3) que corresponden hacerlas en mayo, septiembre y enero de cada año. Cuando se produce una modificación el pago debe realizarse al mes siguiente, junio, octubre y febrero, respectivamente. Cuatrimestralmente el Monotributistas debe revisar los ingresos brutos, energía eléctrica consumida, superficie afectada a la categoría, alquileres devengados durante los anteriores doce (12) meses y en la medida que se produzca una modificación, ya sea inferior a superior   a los parámetros establecidos en la categoría actual debe obligatoriamente recategorizarse. Los parámetros máximos correspondientes a cada categoría son: […]

Los Monotributistas deberán recategorizarse antes del próximo lunes 21 de mayo de 2012, según los parámetros dispuestos por la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP. Las recategorizaciones son cuatrimestrales, por ende existen Tres (3) que corresponden hacerlas en mayo, septiembre y enero de cada año. Cuando se produce una modificación el pago debe realizarse al mes siguiente, junio, octubre y febrero, respectivamente.

Cuatrimestralmente el Monotributistas debe revisar los ingresos brutos, energía eléctrica consumida, superficie afectada a la categoría, alquileres devengados durante los anteriores doce (12) meses y en la medida que se produzca una modificación, ya sea inferior a superior   a los parámetros establecidos en la categoría actual debe obligatoriamente recategorizarse.

Los parámetros máximos correspondientes a cada categoría son:

Montos MONOTRIBUTO Servicios y/o Locaciones
Categoría Parámetros Aportes Cuota mensual
Facturación Alquiler Previsional Salud
B 24.000.- 9.000.- 110.- 70.- 219.-
C 36.000.- 9.000.- 110.- 70.- 255.-
D 48.000.- 18.000.- 110.- 70.- 308.-
E 72.000.- 18.000.- 110.- 70.- 390.-
F 96.000.- 27.000.- 110.- 70.- 580.-
G 120.000.- 27.000.- 110.- 70.- 730.-
H 144.000.- 36.000.- 110.- 70.- 880.-
I 200.000.- 45.000.- 110.- 70.- 1.780.-
Montos MONOTRIBUTO Resto de las Actividades
Categoría Parámetros Aportes Cuota mensual
Facturación Alquiler Previsional Salud
B 24.000.- 9.000.- 110.- 70.- 219.-
C 36.000.- 9.000.- 110.- 70.- 255.-
D 48.000.- 18.000.- 110.- 70.- 298.-
E 72.000.- 18.000.- 110.- 70.- 374.-
F 96.000.- 27.000.- 110.- 70.- 490.-
G 120.000.- 27.000.- 110.- 70.- 585.-
H 144.000.- 36.000.- 110.- 70.- 685.-
I 200.000.- 45.000.- 110.- 70.- 1.420.-
J 235.000.- 45.000.- 110.- 70.- 2.180.-
K 270.000.- 45.000.- 110.- 70.- 2.530.-
L 300.000.- 45.000.- 110.- 70.- 2.880.-
Categoría Facturación Cantidad Mínima de Empleados en Relación de Dependencia
J 235.000.- 1
K 270.000.- 2
L 300.000.- 3

Guía para Recategroizarse en el Monotributo año 2012:

  • Ingresar a la página Web de la AFIP, hacer clic aquí.
  • Acceder con Nº de Clave Unificado de Identificación Tributaria, CUIT y “Clave Fiscal”.
  • Al “Sistema Registral”.

  • Hacer clic en la lupa que aparece a la izquierda de nuestro nombre.
  • Luego, seleccionamos “Registro Tributario” y seguido la opción “Monotributo”.

  • Deberá tildar en el rubro 1, la opción denominada “Recategorización“, en el rubro 2 seleccionar nuestro número de CUIT y luego presionar el botón “Generar Declaración Jurada“:

  • El sistema le pedirá que complete los datos correspondientes a su situación personal. Mostrando por pantalla el formulario de Declaración Jurada 184 el cual deberá completar acorde a los nuevos datos, por los cuales considera su recategorización.

  • Por último deberá realizar la confirmación del trámite, presionamos “CONFIRMAR”.
  • Presione el botón Enviar Formulario.
  • Aparecerá el F. 184 como comprobante de la recategorización realizada y la nueva Credencial de Pago.

2 comentarios en “AFIP: Guía para Recategorizarse en el Monotributo año 2012”

  1. buen dia, voy a comenzar una unica actividad de alquiler de dos inmuebles por un valor de $3500 cada uno, y querria saber si puedo inscribirme en monotributo y si debo pagar obra social y autonomos, o solo la parte impositiva.
    gracias

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *