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AFIP Modificó la Guía para Recategorizarse los Monotributistas por Internet

A fin de mes, los Monotributistas deben hacer la recategorización cuatrimestral, y con el fin de simplificarles la tarea la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP,  reformuló la guía online que detalla los pasos a seguir para realizarla. El  reformulado instructivo detalla el «paso a paso» del procedimiento de actualización de la condición fiscal, que en esta oportunidad tendrán tiempo hasta el día 20 de septiembre de 2012 para actualizar su condición ante el fisco nacional. La AFIP modificó la guía para recategorizarse los Monotributistas por Internet, precisando que se debe efectuar el trámite ingresando a la página www.afip.gob.ar, con su Clave Unificada de Identificación Tributaria, CUIT, y su con “Clave Fiscal”, accediendo al servicio «Sistema Registral», opción «Registro Tributario», […]

A fin de mes, los Monotributistas deben hacer la recategorización cuatrimestral, y con el fin de simplificarles la tarea la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP,  reformuló la guía online que detalla los pasos a seguir para realizarla. El  reformulado instructivo detalla el «paso a paso» del procedimiento de actualización de la condición fiscal, que en esta oportunidad tendrán tiempo hasta el día 20 de septiembre de 2012 para actualizar su condición ante el fisco nacional.

La AFIP modificó la guía para recategorizarse los Monotributistas por Internet, precisando que se debe efectuar el trámite ingresando a la página www.afip.gob.ar, con su Clave Unificada de Identificación Tributaria, CUIT, y su con “Clave Fiscal”, accediendo al servicio «Sistema Registral», opción «Registro Tributario», «Monotributo» y seleccionando la opción «Recategorización».

Para facilitarles la tarea, es que la AFIP puso a disposición de los pequeños contribuyentes una «reformulada guía interactiva para ver el paso a paso del proceso de recategorización».

Todos los Monotributistas tienen tiempo de realizar la segunda recategorización del año 2012 hasta el próximo 20 de septiembre.

Deberán verificar si alguno de los parámetros de su actual categoría sufrió modificación y en ese caso deberá recategroizarse, en base a los ingresos brutos obtenidos, la superficie afectada a la actividad que realizan, la energía eléctrica consumida y a los alquileres devengados.

Tablas con los Parámetros:

Montos MONOTRIBUTO Servicios y/o Locaciones
Categoría Parámetros Aportes Cuota mensual
Facturación Alquiler Impuesto Previsional Salud
B 24.000.- 9.000.- 39.- 157.- 100.- 296.-
C 36.000.- 9.000.- 75.- 157.- 100.- 332.-
D 48.000.- 18.000.- 128.- 157.- 100.- 385.-
E 72.000.- 18.000.- 210.- 157.- 100.- 467.-
F 96.000.- 27.000.- 400.- 157.- 100.- 567.-
G 120.000.- 27.000.- 550.- 157.- 100.- 807.-
H 144.000.- 36.000.- 700.- 157.- 100.- 957.-
I 200.000.- 45.000.- 1600.- 157.- 100.- 1.857.-
 
Montos MONOTRIBUTO Resto de las Actividades
Categoría Parámetros Aportes Cuota mensual
Facturación Alquiler Impuesto Previsional Salud
B 24.000.- 9.000.- 39.- 157.- 100.- 296.-
C 36.000.- 9.000.- 75.- 157.- 100.- 332.-
D 48.000.- 18.000.- 118.- 157.- 100.- 375.-
E 72.000.- 18.000.- 194.- 157.- 100.- 451.-
F 96.000.- 27.000.- 310.- 157.- 100.- 557.-
G 120.000.- 27.000.- 405.- 157.- 100.- 662.-
H 144.000.- 36.000.- 505.- 157.- 100.- 762.-
I 200.000.- 45.000.- 1240.- 157.- 100.- 1.497.-
J 235.000.- 45.000.- 2000.- 157.- 100.- 2.257.-
K 270.000.- 45.000.- 2350.- 157.- 100.- 2.607.-
L 300.000.- 45.000.- 2700.- 157.- 100.- 2.957.-

Tener en cuenta que aquellos que se encuentren categorizados a partir de la categoría J deberán cumplir:

Categoría Facturación Cantidad Mínima de Empleados en Relación de Dependencia
J 235.000.- 1
K 270.000.- 2
L 300.000.- 3

Sociedades que adhieran al Monotributo solamente se podrán encuadrar dentro de las categorías de la «D» a la «L» .

Por familiar adherente para la obra social $70.- por cada uno.

Precio unitario de Venta a tener en cuenta no podrá ser mayor a $2.500.-

De exceder uno de los límites antes mencionados, automáticamente, el responsable tendrá que avanzar hacia una categoría superior con la consiguiente suba en el monto del impuesto mensual a pagar.

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