Ricardo Echegaray, titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, confirmó otra modificación en el cepo cambiario, las retenciones para las compras con tarjeta de crédito en el exterior, por el momento y según lo recalcado por el funcionario, no tendrán validez para las adquisiciones que se realicen vía Internet. Los bancos emisores de los plásticos serán los que actúen como agentes de retención y esta, será automática vendrá en el resumen de cuenta del cliente.
El titular de la AFIP confirmó que a partir del 1º de septiembre de 2012 todas las compras en el exterior con tarjetas de créditos tendrán en recargo del 15% , por el momento no se encuentran incluidas las realizadas de manera on-line, recalcando que esta exclusión tiene el carácter transitorio.
La retención el 15% se les aplicará a todos los residentes de la República Argentina que realicen viajes al exterior y realicen consumos con su tarjeta de crédito en el extranjero, no importa el monto, será sobre todos los gastos en general. De acuerdo a la AFIP sólo es un sector muy reducido ya que fueron unas 168.000 tarjetas que gastaron en un año y medio unos $7.400 millones.
La retención será automática con cada consumo en el exterior con tarjeta de crédito. Y llegará en el resumen de cuenta de la tarjeta. El agente de retención será el banco emisor.
El funcionario aclaró que no se trata de un nuevo impuesto sino que es una percepción a cuenta del pago del Impuesto a las Ganancias o sobre los Bienes Personales. Lo que significa que dicha retención será un pago a cuenta y se descontará en esos tributos.
En el caso de los que no están alcanzado por Bienes Personales o por Ganancias, la AFIP aclaró que se les devolverá lo retenido. Pero el contribuyente deberá hacer un trámite en la dependencia correspondiente a su domicilio. El monto retenido se lo devolverán como saldo a favor en la tarjeta.
Los Monotributistas ya que no están alcanzados en esos impuestos tendrán igualmente la retención y luego deberán pedir a la AFIP que se le devuelva ese dinero.
Si el viajante es el poseedor de una extensión de la tarjeta, la retención será al titular del plástico.
La normativa no especifica que sucede cuando se viaja a los países limítrofes, miembros del Mercosur u otros, por lo que se entiende que todo consumo con tarjeta de crédito en el exterior, será alcanzado por la retención a cuenta de los impuestos sin ningún límite de compras.
Ricardo Echegaray, especificó que las compras online al exterior “por ahora no” están alcanzadas por la retención.
Aclara que los bancos emisores solamente serán agentes de percepción de la AFIP, lo cual, por tratarse de una carga pública, no pueden cobrar un extra. Cualquier variación en los costos de la cuenta debe ser denunciada.
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