Según la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, publica en su agenda los impuestos pertenecientes a ese organismo cuyos vencimientos operan en el mes de Octubre de 2012 lo harán según las fechas que figuran en los cuadros publicados a continuación. Debido a la gran cantidad de impuestos realizamos las publicaciones de los más utilizados. Tener en cuenta que los mismos vence según la terminación del CUIT de cada contribuyente.
Los cuadros indican los vencimientos de algunos de los impuestos de la AFIP para el mes de Octubre de 2012:
Seguridad Social
SEGURIDAD SOCIAL | |||||||||
CONCEPTO | M.3 | J.4 | V5 | M.9 | M.10 | J.11 | V.12 | L.15 | L.22 |
Autónomos 09/2012 | 0-1 | 2-3 | 4-5 | 6-7 | 8-9 | ||||
Empleados DDJJ Pres. F931 y Pago 09/2012 | 0-1 | 2-3 | 4-5 | 6-7 | 8-9 | ||||
Serv.Doméstico 09/2012 | Apor.Obl. | Apor. Vol. | |||||||
Monotributo 10/2012 | Todos | ||||||||
Impositivos
I.V.A. Otros Impuestos | |||||
CONCEPTO | M.9 | M.10 | J.11 | ||
SICORE DDJJ 09/12 | 0-1-2-3 | 4-5-6 | 7-8-9 | ||
SICORE Ret.prac. de la 2a.Quincena Septiembre de 2012 | 0-1-2-3 | 4-5-6 | 7-8-9 | ||
CONCEPTO | J.18 | V.19 | L.22 | M.21 | L.24 |
IVA Pres.F731 y pago 09/2012 | 0-1 | 2-3 | 4-5 | 6-7 | 8-9 |
SICORE Ret.prac. de la 1a. Quincena de Octubre de 2012 | 0-1-2-3 | 4-5-6 | 7-8-9 | ||
Impuestos a las GANANCIAS y sobre los BIENES PERSONALES | |||
Lunes 15/10/12 | Martes 16/10/12 | Miércoles 17/10/12 | |
3er. Anticipo Ganancias Personas Físicas año 2012 | 0-1-2-3 | 4-5-6 | 7-8-9 |
3er. Anticipo Bienes Personales año 2012 | 0-1-2-3 | 4-5-6 | 7-8-9 |
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Graciela, buen dia: quisiera saber si este razonamiento te parece correcto:
Un profesional universitario monotributista y empleado en relación de dependencia (en ejercicio de profesion) debe presentar su DJ de Impuesto a las Ganancias.
Como profesional hace los siguiente aportes a su Consejo profesional:
-aporte jubilatorio a caja profesional prov.
-Obra social del consejo profesional prov.
-matricula
-seguro de vida
Todos estos gastos estarian en parte exentos xq estan vinculados a una ganancia exenta (honorarios profesionales x monotributo) y en parte gravados xq estan relacionados al ejercicio profes. en relacion de dependencia; no obstante ello, todos y en su totalidad son igualmente deducibles por tratarse todos de «deducciones generales» (art 81 LIG) y por lo tanto todos deben plasmarse en el Item del aplicativo «Deducciones Generales»
Es correcto ??
Muchisimas gracias !!!