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Devolución del Descuento de Ganancias del Aguinaldo – Ejemplos de Reintegros

De acuerdo a la Resolución General Nº 2.437/2008 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, la devolución del descuento que los empleadores realizaron sobre el cobro del primer semestre del Sueldo Anual complementario, SAC, por el Impuesto a las Ganancias, debe ser instrumentado en cuotas, entre julio y diciembre próximo. El reintegro del descuento a los trabajadores de ganancias sobre el aguinaldo fue reglamentado mediante el Decreto Nº 1.006/2013 y determina que serán beneficiados quienes no hayan ganado más de $25.000.- al mes. El anuncio de la devolución del descuentos de ganancias del aguinaldo lo realizó Cristina Fernández, Presidenta, y se reglamento por decreto dejando aclarado que sólo se restituirá a los trabajadores que durante el semestre, enero a […]

De acuerdo a la Resolución General Nº 2.437/2008 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, la devolución del descuento que los empleadores realizaron sobre el cobro del primer semestre del Sueldo Anual complementario, SAC, por el Impuesto a las Ganancias, debe ser instrumentado en cuotas, entre julio y diciembre próximo. El reintegro del descuento a los trabajadores de ganancias sobre el aguinaldo fue reglamentado mediante el Decreto Nº 1.006/2013 y determina que serán beneficiados quienes no hayan ganado más de $25.000.- al mes.

El anuncio de la devolución del descuentos de ganancias del aguinaldo lo realizó Cristina Fernández, Presidenta, y se reglamento por decreto dejando aclarado que sólo se restituirá a los trabajadores que durante el semestre, enero a junio de 2013, no hayan ganado más de $25.000 netos, durante alguno de esos meses.

Pero los profesionales advirtieron que según la normativa vigente la AFIP realizará la devolución se debe instrumentar en cuotas, entre el mes de la percepción, o sea julio y diciembre próximo.

Por lo que, un trabajador soltero que gana $18.000 netos mensuales se verá beneficiado con un monto extra de $3.150.- Pero, el importe no le será reintegrado durante los primeros días de agosto, al momento de cobrar el sueldo de julio. Ya que se deberá hacer en seis cuotas, entre julio y diciembre percibiendo en cada una de ellas $525.-

Ejemplos:

  • $10.000.-:
    • Trabajador Soltero: Devolución $1.150.- en 6 cuotas de $191,67
    • Trabajador Casado con dos hijos: Devolución  $450.- en 6 cuotas de $75.-
  • $12.000.-:
    • Trabajador Soltero: Devolución $1.612.- en 6 cuotas de $267,66
    • Trabajador Casado con dos hijos: Devolución  $1.190.- en 6 cuotas de $198,33.-
  • $18.000.-
    • Trabajador Soltero: Devolución $3.150.- en 6 cuotas de $ 525.-
    • Trabajador Casado con dos hijos: Devolución  $2.790.- en 6 cuotas de $465.-

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