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AFIP: Recategorización y Declaración Informativa del Monotributo vence 30 de Septiembre

Sin anuncio reglamentado por parte la de la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, a muchos le surgen las dudas si realmente los pequeños contribuyentes podrán realizar la recategorización del Monotributo hasta el día 30 de septiembre de 2013, ante una consulta del Diario El Cronista, fuentes del organismo indicaron que le sistema se mantiene abierto y habilitado todos los cuatrimestres para ser utilizados y no hace falta ninguna reglamentación extra. Desde la AFIP informaron que “nunca se cerró el día 20 la posibilidad de recategorizarse, sino que todos los cuatrimestres se mantiene habilitado el sistema en Internet hasta el día 30”. Por lo que, no es necesario emitir ninguna norma para habilitar recategorización hasta fin de mes, sino […]

Sin anuncio reglamentado por parte la de la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, a muchos le surgen las dudas si realmente los pequeños contribuyentes podrán realizar la recategorización del Monotributo hasta el día 30 de septiembre de 2013, ante una consulta del Diario El Cronista, fuentes del organismo indicaron que le sistema se mantiene abierto y habilitado todos los cuatrimestres para ser utilizados y no hace falta ninguna reglamentación extra.

Desde la AFIP informaron que “nunca se cerró el día 20 la posibilidad de recategorizarse, sino que todos los cuatrimestres se mantiene habilitado el sistema en Internet hasta el día 30”. Por lo que, no es necesario emitir ninguna norma para habilitar recategorización hasta fin de mes, sino que alcanza con que el servicio en el sistema informático este habilitado.

Por el tema de la Declaración Jurada Informativa que deben enviar los contribuyentes que se encuentran en las categoría “F”, continua igual y aún en los casos que bajen de categoría deberán seguir informando ya que no hubo cambios en este sentido sino que solamente se modificaron los parámetros de facturación y alquileres devengados.

De acuerdo a lo que establece la RG Nº 2.888, en su artículo 3, los obligados a presentar la Declaración Jurada Informativa, quienes se encuentre en la categoría “F” en adelante,  o sean empleadores, si bajan de categoría deberán pasar 6 cuatrimestres antes de que el Monotributista pueda dejar de realizarla.

Otro de los temas es la facturas electrónicas, RG Nº 3.067 en su artículo 1ro., indica que los Monotributistas, una vez que comenzaron a utilizar la factura electrónica, por encuadrarse dentro de la categoría “H”  tienen que emitirla siempre. Y en eso tampoco hubo cambios.

El precio unitario tope para ventas dentro del Monotributo continua siendo de $2.500.- sin modificación, cómo tampoco los parámetros de metros del establecimiento y la energía consumida.

No fueron modificadas las condiciones para que las sociedades de hecho, de hasta tres integrantes, permanezcan en el Monotributo. Tampoco, hay cambios con el límite de actividades a incluir.

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