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AGIP Obliga a Presentar y Pagar Ingresos Brutos por Internet – Aplicativo e-SICOL

Comienza para los Grandes Contribuyentes la obligación determinada por la Administración General de Ingresos Públicos porteña, AGIP, a través de la Resolución General Nº 687/2013, de utilizar el programa aplicativo online para presentar y pagar las declaraciones Juradas, DDJJ, por Internet, desde el mes devengado octubre con vencimiento en el próximo mes. Para el resto de los contribuyentes comenzara a regir mes de febrero de 2014. Se deberá utilizar desde la página Web el aplicativo denominado «e-SICOL«. La AGIP determinó que las  DDJJ presentación y pago deberán hacer por internet utilizando el aplicativo e-SICOL que se baja de la página Web del organismo porteño y luego se utilizan los avances tecnológicos desarrollados por la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, […]

Comienza para los Grandes Contribuyentes la obligación determinada por la Administración General de Ingresos Públicos porteña, AGIP, a través de la Resolución General Nº 687/2013, de utilizar el programa aplicativo online para presentar y pagar las declaraciones Juradas, DDJJ, por Internet, desde el mes devengado octubre con vencimiento en el próximo mes. Para el resto de los contribuyentes comenzara a regir mes de febrero de 2014. Se deberá utilizar desde la página Web el aplicativo denominado «e-SICOL«.

La AGIP determinó que las  DDJJ presentación y pago deberán hacer por internet utilizando el aplicativo e-SICOL que se baja de la página Web del organismo porteño y luego se utilizan los avances tecnológicos desarrollados por la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, la obligación para utilizarlo es para los Grandes Contribuyentes desde octubre de 2013 con vencimiento en noviembre próximo  y para el resto de los contribuyentes desde febrero de 2014, cuyo vencimiento es marzo del año siguiente.

Desde mañana ya estará disponible el aplicativo e-SICOL desde la página Web de la AGIP y se podrá acceder utilizando “Clave Ciudad”, nivel 1 o 2, según corresponda.

El mismo deberá bajarse y realizar la respectiva liquidación y luego se presentará en la página Web de la AFIP, para lo cual se deberá contar con la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y la Clave Fiscal provista por el fisco nacional.

Para la cancelación del impuesto será de uso obligatorio el Sistema SetiPago provisto también por la AFIP y en los casos en que el programa  imprima el ticket de pago con código de barra podrá realizar el pago por Internet o en los bancos autorizados.

Dibujo Econoblog ANSES

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