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AFIP: Para pedir Factura A en un Restaurantes habrá que completar Declaración Jurada

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la nota Nº 84/2014 comunicó a la Federación Empresaria Hotelera Gastronómica, FEHGRA, que los clientes que soliciten por su consumo factura tipo”A” deben completar un formulario de Declaración Jurada, ya que deberán responder en nuevo Régimen Informativo. Por el momento, las aguas están divididas entre los que no tienen problema y entregan estos comprobantes basados en que no existe ninguna normativa y lo que se niegan a hacerlo. Hasta el momento solamente existe una nota emitida por la AFIP a FEHGRA comunicando que para pedir factura “A” los clientes deben completar una Declaración Jurada por considerar el organismo recaudador que las operaciones realizadas por bares, restaurantes,  hoteles, etc. se deben considerar como  […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la nota Nº 84/2014 comunicó a la Federación Empresaria Hotelera Gastronómica, FEHGRA, que los clientes que soliciten por su consumo factura tipo”A” deben completar un formulario de Declaración Jurada, ya que deberán responder en nuevo Régimen Informativo. Por el momento, las aguas están divididas entre los que no tienen problema y entregan estos comprobantes basados en que no existe ninguna normativa y lo que se niegan a hacerlo.

Hasta el momento solamente existe una nota emitida por la AFIP a FEHGRA comunicando que para pedir factura “A” los clientes deben completar una Declaración Jurada por considerar el organismo recaudador que las operaciones realizadas por bares, restaurantes,  hoteles, etc. se deben considerar como  consumidores finales.

Muchos comercios optaron por poner carteles cerca de la caja registradora indicando la nueva decisión e inclusive los mozos ya no preguntan a los comensales que tipo de factura quieren.

Mientras tanto, otro locales optaron por continuar con la postura anterior y dicen que mientras tanto la AFIP no establezca mediante normativa plazos y condiciones ellos no modifican nada, puesto que el no emitir la Factura solicitada por el cliente trae conflictos innecesarios y además, si otro comerciante opta por eso es seguro que pierdan ventas.

La resolución General pronta a publicarse establece que a partir de septiembre de 2015 se crea un nuevo Régimen de Información que deberán llevar adelante estos comercios debiendo comunicar datos del cliente a quién se le emitió una Factura “A” por estos consumos.

Desde el próximo mes quienes lleven adelante una almuerzo o cena de trabajo, servicios vinculados a conferencias, congresos,convenciones, etc. que estén relacionados con la actividad  deberán completar una declaración jurada para que el comerciante pueda informar debidamente a la AFIP.

Esta obligación no sólo recaerá sobre el rubro gastronómico sino que también abarca otras actividades como la hotelera y la desarrollada por salones de belleza, estacionamientos y gimnasios.

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