Cuaderno con logo de AFIP

La AFIP modificara la venta de inmuebles

La AFIP, firmara una nueva Resolución General la cual modificara la venta de propiedades, todos los sujetos (propietarios) que pongan a la venta inmuebles de su propiedad por un monto superior a $ 300.000.- deberán informar todos los datos del bien, como así también el valor al que se ofrecerá al mercado, en el momento de realizar la oferta. Se cumplimentara por medio de Internet ingresando en al pagina de la AFIP con clave fiscal o bien telefónicamente al centro de atención del organismo. El propietario recibirá un Código de Oferta de Transacciones de Inmuebles (COTI) el cual deberá ser exhibido, en el caso que intervengan inmobiliarias, ante las mismas y también al escribano que actué en la escrituración respectiva. […]

La AFIP, firmara una nueva Resolución General la cual modificara la venta de propiedades, todos los sujetos (propietarios) que pongan a la venta inmuebles de su propiedad por un monto superior a $ 300.000.- deberán informar todos los datos del bien, como así también el valor al que se ofrecerá al mercado, en el momento de realizar la oferta.

Se cumplimentara por medio de Internet ingresando en al pagina de la AFIP con clave fiscal o bien telefónicamente al centro de atención del organismo.

El propietario recibirá un Código de Oferta de Transacciones de Inmuebles (COTI) el cual deberá ser exhibido, en el caso que intervengan inmobiliarias, ante las mismas y también al escribano que actué en la escrituración respectiva.

También los corredores públicos deberán complementar el trámite iniciado por el propietario informando a la AFIP datos adicionales del inmueble y luego confirmarán el sistema de la venta. Esto entrará en vigencia aproximadamente el 1ro. de marzo del año 2008.-

La metodología se pondrá en marcha en formal integral a partir de 1 de abril del 2008 con la incorporación por parte de los escribanos de los datos correspondientes a los compradores y el monto de escrituración respectivo, así como también dejara constancia de la escritura.

Lo anterior reemplazará a la que en este momento deben brindar los escribanos a través del CITI, la confección manual del formulario 381 (establecido mediante RG 3580), serán reemplazado por el COTI

Seguinos